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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 7931

2020-04-16

Dirigentes gremiales tienen derecho a percibir el Sds, beneficio de alimentación, dirigente gremial

Sumario

N° 7.931 Fecha: 16-IV-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Hospital Base Valdivia, solicitando la reconsideración del dictamen N° 4.267, de 2016, de este origen, que concluyó que los dirigentes gremiales carecen del derecho a percibir el beneficio de alimentación previsto en el artículo 36 de la ley N° 20.799, durante el tiempo que hacen uso de los permisos contemplados en la ley N° 19.296. Requerida de informe, la Subsecretaría de Redes Asistenciales manifestó que, a su juicio, es factible que los dirigentes gremiales puedan acceder al beneficio de alimentación. Sobre el p...

Texto del dictamen