MODIFICA RESOLUCION Nº. 155 EXENTA, DE 1989
(Resolución)
Núm. 310 exenta.- Santiago, 06 de Julio de 1989.- Visto: Lo dispuesto por los artículos N°s. 113 y 118 de la Ley No. 18.290; por la resolución No. 59 de 1985 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Resuelvo:
Modifícase la resolución exenta No. 155/89, de esta Secretaría Regional, publicada en el Diario Oficial de fecha 12 de abril de 1989, en los siguientes aspectos:
1.- Extiéndase el área de restricción vehicular señalada en el artículo 2° de la resolución No. 155/89, a las veintitrés (23) comunas individualizadas en el artículo 3° de la misma resolución, para los vehículos del tipo automóvil, station wagon o similar el día viernes 07 de julio de 1989, entre las 07:00 A.M. y las 18:00 P.M.
2.- El mismo día viernes 7 antes referido prohíbese la circulación de vehículos de locomoción colectiva urbana y taxis cuando efectúen servicio colectivo, cuya placa patente única termine en los dígitos 2, 3 y 7 entre las 10:00 A.M. y las 17:00 P.M., en las veintitrés comunas individualizadas en el artículo 3° de la resolución exenta No. 155/89. Respecto de los vehículos de servicio público mencionados cuya placa patente termine en los dígitos 0 y 5, la restricción les regirá ese día entre las 06:00 A.M. y las 22:00 P.M., de acuerdo a la norma general de la resolución No. 155/89.