MODIFICA DECRETO N° 1.870, DE 1968 Santiago, 2 de febrero de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 170.- Vistos: lo dispuesto en el Decreto Supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, la Ley N° 17.105, publicada en el Diario Oficial de 14 de abril de 1989 y sus modificaciones posteriores y en el Decreto Supremo de Justicia N° 1.870, de 17 de octubre de 1968 y lo informado por la Dirección de Orden y Seguridad de Carabineros y por el Consejo de Defensa del Estado, y Considerando:
1.- Que, a la entidad denominada "Cofradía Náutica del Pacífico", se le concedió personalidad jurídica por el Decreto Supremo de Justicia N° 1.870, de 17 de octubre de 1968.
2.- Que, de acuerdo a lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, en su Informe N° 2846, de 11 de diciembre de 1995, los objetivos de la Cofradía Náutica del Pacífico, si bien consideran el aspecto deportivo, no tienen a éste como su finalidad exclusiva, pudiendo ser considerado como un club, centro o círculo social, de conformidad con sus fines,
D e c r e t o:
Modifícase el Decreto Supremo de Justicia N° 1.870, de 17 de octubre de 1968, en el sentido de que se deja sin efecto la prohibición de expender bebidas alcohólicas, en el recinto de la entidad "Cofradía Náutica del Pacífico".