MODIFICA DECRETO PROMULGATORIO DE LEY N.o 16.407 Santiago, 18 de Enero de 1966.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 192.- Considerando:
Que en el oficio número 503, de 1965, por el que la H. Cámara de Diputados comunicó al Ejecutivo el texto del proyecto de ley que reajusta los fondos depositados en las cuentas de ahorro a plazo del Banco del Estado de Chile, se incurrió en un error en la transcripción del inciso cuarto del artículo 2.o de dicho cuerpo legal; y Visto el oficio N.o 550, de 11 de Enero del presente año, de la H. Cámara de Diputados, en virtud del cual esa H. Corporación hace presente el error señalado, Decreto:
Modifícase el decreto promulgatorio de la ley N.o 16.407, publicada en el "Diario Oficial" de 10 de Enero de 1966, en el sentido de que el texto del inciso cuarto del artículo 2.o de la referida ley es: "En caso de no ser suficientes los fondos así acumulados para el pago del porcentaje máximo de reajuste... etc.", y no como se expresa en el mencionado decreto.