ELIMINA LA LETRA G) DEL N° 1 DEL ARTICULO 35°, DEL DECRETO LEY 825, DE 1974
Núm. 272.- Santiago, 18 de Marzo de 1976.- Vistos: la facultad conferida por el artículo 37° del decreto ley N° 825, de 1974,
Decreto:
Elimínase la letra g) del N° 1, del artículo 35° del decreto ley N° 825, de 1974, reemplazando la denominación de las letras h) e i) por g) y h), respectivamente.