Artículo primero: Elimínase del decreto de Economía Nº 319 de 1991, en su art. 2º, el vehículo que se señala más adelante de propiedad de la Comisión Nacional de Riego, por haber sido dado de baja: C/Vehículo Marca Nº Motor P. Unica Modelo Año Nº Chassis
Jeep Chevrolet 936796 DK 4596-2 Trooper DH/AC 1991 JACUBS16 CM7100092 La autorización concedida para circular en el art. 2º del decreto antes citado, para el vehículo camioneta Chevrolet, Luv 2.3, año 1991, placa única DL 4285-0, se mantiene inalterable.
Artículo segundo: Autorízase la circulación al vehículo de propiedad de la Comisión Nacional de Riego, que se señala más adelante, en los días sábado, domingo y festivos, exento de usar el disco fiscal en atención a lo expuesto en el segundo Considerando del presente decreto. C/Vehículo Marca Nº Motor P. Unica Modelo Año Nº Chassis Color
Jeep Daihatsu 000640952 SH.3651-5 Feroza F2T16 4 x 4 1998 JDA00F300000 Rojo mica 96045 Metálico