MODIFICA RESOLUCION Nº 533, DE 1997
(Resolución)
Santiago, 6 de julio de 1998.- Hoy se resolvió lo siguiente:
Núm. 568.- Visto: El D.S. Nº 140 (V. y U.), de 1990, que reglamenta los Programas de Viviendas Progresivas; el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional para el Sector Rural, y la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica a programas de vivienda regulados por los decretos supremos antes citados, modificada por resolución Nº 725 (V. y U.), de 1997; el artículo 21 inciso cuarto de la ley Nº 16.391, dicto la siguiente R e s o l u c i ó n:
Art�culo único.- Modifícase la resolución Nº533 (V. y U.), de 1997, en el sentido de reemplazar en el número 10 del artículo 1º el guarismo ''20%'' por ''5%''.
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón de la presente resolución en el plazo de cinco días.