MODIFICA DECRETO N° 701, DE 1992
Núm. 318.- Santiago, 16 de Junio de 1993.- Visto: El artículo 32° número 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el Decreto Ley N° 1224, de 1975; el Decreto Supremo N° 701, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y la Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 2° del Decreto Supremo N° 701, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprobó el Reglamento de Clasificación, Calificación y Registro de los establecimientos de alojamiento turístico denominados Residenciales y Campings, en el sentido de reemplazar en su texto la forma verbal "clasificarán" por la empresión "calificarán".