OTORGA AUTORIZACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 7º DEL DECRETO LEY Nº 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY Nº 19.256
Santiago, 23 de junio de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.272.- Visto: Lo informado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado en sus Oficios Ordinarios R.R.E.E. (Difrol) números 2.286 y 416, de fechas 8.9.97 y 23.1.98, respectivamente; lo informado por el Estado Mayor de la Defensa Nacional en su oficio EMDN DEAG (DAC) (R.) Nº 2.420, de fecha 16.12.97; lo dispuesto por el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 7º del decreto ley Nº 1.939, de 1977, modificado por la ley Nº 19.256, que regula la adquisición de derechos sobre inmuebles situados en zonas fronterizas; en el Reglamento para la aplicación de dicho artículo contenido en el decreto supremo Nº 232, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el decreto supremo Nº 1.583, de 1994, del mismo Ministerio; en el D.F.L. Nº 4, de 1967, de Relaciones Exteriores; la solicitud hecha por el ciudadano argentino Eduardo Castillo Aguirre, en representación de la empresa Petróleos Transandinos YPF S.A., a la Sra. Directora Nacional de Fronteras y Límites del Estado, con fecha 4.8.97, mediante la cual solicita autorización para adquirir mediante compra para dicha sociedad un retazo de terreno que formó parte del ''Lote Uno B'' de la división del Fundo Las Lilas, de la comuna de Santa Bárbara, inscrito a fojas 551, Nº 428, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara del año 1997, y considerando que la operación referida resulta conveniente para el interés nacional por favorecer el progreso de la zona, desde que se destinará a una finalidad comercial en el área del expendio de combustibles y será, asimismo, una fuente laboral.
D e c r e t o:
Artículo primero: Autorízase, según lo dispuesto por el artículo 7º del decreto ley Nº 1.939, de 1977, modificado por la ley Nº 19.256, a la sociedad anónima comercial que más adelante se indica para comprar para sí a don Felipe Vial Claro, el inmueble que se indica a continuación:
Solicitante Inmueble Comuna/ Inscripción Región
Petróleos Transandinos YPF Retazo de Santa Bárbara, Inmueble S.A., sociedad terreno que VIII Región. inscrito a anónima comercial formó parte fojas 551, constituida del"Lote Uno B" número por escritura de la división 428 del en Chile del Fundo Registro de pública Las Lilas, Propiedad de fecha de la comuna de del 30.11.94, Santa Bárbara. Conservador otorgada ante Conforme a sus de Bienes doña Edith títulos tiene una Raíces de Cabello Arroyo, superficie de Santa Notario Suplente 5.000 m² y Bárbara, del titular de deslinda: Al del año la 33ª Notaría Norte: con 1997. de Santiago don camino público de Iván Torrealba Los Angeles a Acevedo, cuyo Santa Bárbara, extracto se que lo separa inscribió a parte del rol fojas 27.135, 201-6 en parte número 22.142, y en parte del del Registro Lote Uno A de Comercio del del Fundo Las Conservador de Lilas, en 125 Bienes Raíces metros; Al Sur: de Santiago, del en 125 metros año 1994. Rut: con Lote Uno B 96.720.740-3 del Fundo Socios: YPF Las Lilas; Sociedad Anónima Al Oriente y comercial, Poniente, con constituida de resto del Lote acuerdo a las Uno B, en leyes de la 40 metros. República Argentina, representada por don Felipe Vial Claro, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 7.050.840-0, ambos domiciliados en Gertrudis Echeñique número 30º, piso 12º, Las Condes. Servired YPF Sociedad Anónima comercial, constituida de acuerdo a las leyes de la República Argentina, representada por don Alberto Guzmán Alcalde, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 7.021.731-7, del mismo domicilio del socio anterior.