Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.140 de 18.08.98, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al 1er. cuatrimestre de 1998, a la Sociedad Radiodifusora Pichilemu Limitada, R.U.T. 78.945.170-2, con domicilio en calle Dionicio Acevedo Nº 1024, Pichilemu, VI Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Pichilemu, VI Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima :250 Watts. - Frecuencia :93,1 Mhz. - Sistema radiante :Direccional con polarización vertical, antena del tipo Yagi, con una ganancia máxima de 6,0 dBd, y un azimut de radiación máxima en 270°, y una altura del centro de radiación de 36 m., montado sobre una torre de 36 m. de altura. - Ubicación de los estudios :Calle Dionicio Acevedo Nº1024, Pichilemu, VI Región. - Coordenadas geográficas :34°23'30" Latitud Sur 71°59'56" Longitud Oeste - Ubicación de la planta transmisora y sistema radiante :Cerro Alto Colorado, Forestal Nilahue, Pichilemu, VI Región. - Coordenadas geográficas :34°20'05" Latitud Sur. 71°52'15" Longitud Oeste.
El radioenlace estudio-planta será de 10 Watts de potencia con una antena de 6 dBd de ganancia. Los plazos para el inicio y término de la construcción de las obras, así como para el inicio del servicio, serán los que se indican a continuación:
Inicio de obras: 10 días; Término de obras: 45 días; Inicio de servicio: 59 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la Ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.140 de 18.08.98, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-