AMPLIA AUTORIZACION A IDIEM CONTENIDA EN RESOLUCION Nº 572/92 EXENTA, PARA QUE CERTIFIQUE LOS PRODUCTOS DE GAS Y ACTIVIDADES QUE INDICA
Núm. 737 exenta.- Santiago, 10 de mayo de 1993.- Visto: 1º.- La facultad que me confiere el artículo 3º Nº 14 de la ley Nº 18.410; 2º.- Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 527/85, modificada por las resoluciones exentas Nº 741/85 y Nº826/87, todas de esta Superintendencia; 3º.- La autorización a Idiem otorgada mediante resolución exenta de SEC Nº 572/92, y 4º.- Lo dispuesto en el oficio circular de SEC Nº1511/93, y
Considerando:
1º.- La solicitud presentada por Idiem mediante oficio Nº 013/93 de fecha 18-03-93 y Nº 018/93 de fecha 05-04-93, y 2º.- Lo propuesto por el Departamento Ingeniería de Combustibles a través de Memorando Nº Dic-061 de fecha 15.04.93,
R e s u e l v o:
1º.- Amplíase la autorización para ejercer como Laboratorio o Entidad de Certificación de productos de combustibles, otorgada por resolución exenta Nº 572/92 de fecha 05-05-92 al Instituto de Investigaciones y Ensayes de Materiales, Idiem, dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, Rut: 60.910.000-1, representado por el Sr. Mauricio Sarrazín Arellano, Rut: 4.800.214-5, para que mediante los procedimientos general o especial de certificación y en las direcciones acreditadas ante esta Superintendencia certifique los productos de gas y actividades siguientes:
1.1.- Tubos de polietileno, PE, para redes de distribución enterradas para uso con gases combustibles. 1.2.- Accesorios de unión para tubos de polietileno, PE, para combustibles gaseosos. 1.3.- Tubos flexibles de PVC para GLP en baja presión. 1.4.- Inspección periódica y reparación de estanques para GLP. 1.5.- Inspección y mantención de válvulas de seguridad y accesorios de estanques para GLP.
2º.- La presente autorización será válida para ejercer con la infraestructura humana y física evaluada por la Superintendencia y sujeta al cumplimiento de las disposiciones reglamentarias y normativas vigentes.
3º.- La presente resolución entrará en vigencia una vez que haya sido publicada en el Diario Oficial, por cuenta de Idiem.