OTORGA AUTORIZACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 7º DEL D.L. Nº 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY Nº 19.256
Santiago, 6 de agosto de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 1.732.- Visto: Lo informado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado en su oficio reservado RR.EE. Nº F 1057 de 7 de mayo de 1997; lo informado por el Estado Mayor de la Defensa Nacional en su oficio EMDN.DEAG (DAC) (R) Nº 2420/2306 de 1998; lo dispuesto por el artículo 7 del decreto ley Nº 1.939, de 1977, modificado por la ley Nº 19.256, que regula la adquisición de derechos sobre inmuebles situados en zonas fronterizas; en el Reglamento para la aplicación de dicho artículo contenido en el decreto supremo Nº 232, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el decreto supremo Nº 1583, de 1994, del mismo Ministerio; en el D.F.L. Nº 4, de 1967, de Relaciones Exteriores; la solicitud del ciudadano peruano Sr. Amador Raúl García Belgrano; elevada a S.E. el Presidente de la República, quien solicita autorización para comprar un predio rústico ubicado en la comuna de Pucón, IX Región, inscrita a nombre de la Sociedad Infigdo S.A., según consta de la inscripción que rola a fs. 1414 Nº 1179 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, del año 1995, el decreto Nº 639, de 17.08.70, de Relaciones Exteriores, publicado en el D.O. de 22.01.71 que declara zona fronteriza para todos los efectos legales, entre otras zonas los distritos 1 al 4 de la comuna de Pucón; y considerando que la finalidad recreacional a que se destinará el inmueble resulta conveniente al interés del país.
D e c r e t o:
Artículo primero: Autorízase, según lo dispuesto en el artículo 7º del decreto ley Nº 1939, de 1977, modificado por la ley Nº 19.256, al ciudadano peruano Sr. Amador Raúl García Belgrano, para adquirir el derecho de propiedad mediante compra del inmueble que se individualiza a continuación
Solicitante Inmueble Comuna/ Inscripción Región
Amador Raúl García Predio rústico Comuna Fs. Nº 1414 Belgrano, peruano, ubicado en la Pucón, IX Nº 1179, cédula de identidad comuna de Pucón, Región de extranjeros IX Región, del Registro Nº 49.003.125-1, que corresponde de Propiedad casado, economista, al lote Nº 23 del domiciliado en del sector A de Conservador calle Los Cactus la Parcelación de Bienes Nº 1939, comuna de Parque Río Raíces de Lo Barnechea, Liucura, que Pucón, del Santiago. forma parte del año 1995. predio rústico de mayor extensión, denominado Hijuela Nº 2 de la ex-comunidad Mariano Millahual, ubicado en el sector Quetrolefú de la citada comuna y Región, provincia de Cautín, de una superficie aproximada de 5.006,10 m² bruto; 4.503,70 m² neto (502,40 m² corresponde a la servidumbre de tránsito), cuyos deslindes del predio de mayor extensión son: Norte: cauce del río Liucura; Este, línea quebrada que separa de las hijuelas Nºs. 3 y 45; Sur, cerco quebrado y línea recta que separa de la hijuela Nº 1; Oeste, cauce actual del Río Liucura. Sus deslindes particulares son: Norte, con lotes Nºs. 24 y 40 de la misma propiedad; Este, con lote Nº 22 de la misma propiedad y servidumbre de tránsito; Sur, con lotes Nº 4 y Nº 5 del sector B de la misma propiedad y servidumbre de tránsito, Oeste, con lote Nº 41 de la misma propiedad.