MODIFICA RESOLUCION Nº 406, DE 1997
(Resolución)
Núm. 1.639.- Valparaíso, 23 de noviembre de 1998.- Vistos: Lo informado por el Departamento de Pesquerías en Memoranda Técnicos (R. Pesq.) Nº 11 de 20 de abril y Nº 55 de 28 de agosto, ambos de 1998; los informes de los Consejos Zonales de Pesca de la I y II Regiones; III y IV Regiones; V a IX Regiones e Islas Oceánicas; X y XI Regiones y XII Región y Antártica Chilena contenidos en Oficios Nº 11 de 28 de mayo de 1998; Nº 35 de 1 de julio de 1998; Nº 36 de 15 de junio de 1998; Nº 33 de 5 de mayo de 1998 y Nº 89 de 25 de septiembre de 1998; el D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución Nº 406 de 1997, de esta Subsecretaría, Considerando:
Que el artículo 4º letra a) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para fijar tamaños mínimos de extracción por especie en un área determinada y sus márgenes de tolerancia. Que se ha recomendado modificar la resolución Nº 406 de 1997, de esta Subsecretaría, que estableció el tamaño mínimo de extracción de la especie Albacora Xiphias gladius, con el propósito de velar eficazmente por el cumplimiento de esta medida de conservación. Que se han recibido los informes técnicos de todos los Consejo Zonales de Pesca relativos a esta medida de administración.
R e s u e l v o: