MODIFICA DECRETO Nº 129, DE 1998
Santiago, 27 de noviembre de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 181.- Visto: El D.S. Nº 129 (V. y U.), de 1998, que dispuso normas de excepción para postular a Programas Privados de Viviendas Progresivas a emplazarse en el sector rural de las provincias y comunas que indica, de la IV Región de Coquimbo; el D.S. Nº 140 (V. y U.), de 1990, y sus modificaciones, que reglamenta los Programas Privados de Viviendas Progresivas; la ley Nº 16.282, cuyo texto refundido fue fijado por D.S. Nº 104 (Interior), de 1977, y sus modificaciones; el D.S. Nº 2.456 (Interior), de 1997, publicado en el Diario Oficial del 18 de octubre de 1997, prorrogado por D.S. Nº 2.089 (Interior), de 1998, publicado en el Diario Oficial del 3 de noviembre de 1998; el artículo 21 inciso cuarto, de la ley Nº 16.391 y las facultades que me confiere el artículo 32 número 8º de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o