REACTUALIZA CANTIDADES EN DOLARES SEÑALADAS EN EL ARTICULO 35 DE LA LEY N° 13.039 Y SUS MODIFICACIONES Núm. 434.- Santiago, 9 de Junio de 1982.- Vistos: El oficio Ord. N° 14.178, de 7 de Junio de 1982, del Gerente General del Banco Central de Chile y el oficio Ord. N° 02484, de 2 de Junio de 1982 del Ministro Vicepresidente Ejecutivo Suplente de CORFO Y Presidente de la Comisión Automotriz, mediante el cual comunica que la variación del Indice Oficial de Precios al Por Mayor de los Estados Unidos de América en el período de doce meses comprendido entre el 1° de Mayo de 1981 y el 30 de Abril de 1982, es de 1,73%, y
Teniendo presente: lo dispuesto en el inciso final del artículo 35 de la Ley 13.039, agregado por el artículo 1°, N° 4, del decreto ley N° 2.976, de 1979, y el decreto de Hacienda N° 429, de 1981,
Decreto:
Reactualízanse en un 1,73%, a contar del 1° de Julio de 1982, las siguientes cantidades en dólares señaladas en los incisos que se indican del artículo 35 de la Ley 13.039 y sus modificaciones:
Incisos 4°, 17° y 23°___ US$ 7.626,44 a US$ 7.758,38 Inciso 4°_______________ US$ 11.439,67 a US$ 11.637,58 Incisos 12° y 23°_______ US$ 4.447,09 a US$ 4.524,02 Incisos 12° y 23°_______ US$ 634,98 a US$ 645,97 Inciso 15°______________ US$ 254,21 a US$ 258,61