MODIFICA DECRETO Nº 126, DE 1994, QUE APROBO EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE PLAYA ANCHA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION DE VALPARAISO
Núm. 77.- Santiago, 20 de agosto de 1998.- Visto: Los antecedentes adjuntos y lo dispuesto en las leyes Nºs. 11.764, artículo 134, 16.395, artículo 24, y 17.538, artículo único; D.S. Nº 28, de 1994 y D.S. Nº 126, de 1994, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social mediante su Ord. Nº 14.931 de 1998; y la facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, D e c r e t o:
Artículo único: Modifícase el Reglamento del Servicio de Bienestar del Personal de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación de Valparaíso, aprobado por decreto supremo Nº 126, de fecha 21 de septiembre de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la forma que se indica:
Agréganse al artículo 5º, entre el texto de la letra e) y el inciso final de este mismo artículo, las siguientes letras:
''f) Ayudas Médicas: En caso de enfermedad grave o tratamiento médico prolongado de alto costo, calificados como tales por el Consejo Administrativo, se podrá otorgar al afiliado una ayuda económica no sujeta a restitución, complementaria de las prestaciones contempladas en el artículo 4º''. ''g) Ayudas de Catástrofe: Se podrá otorgar una ayuda económica no sujeta a restitución, al afiliado que sufra daños graves a consecuencia de incendios, terremotos, inundaciones u otro tipo de situaciones catastróficas, calificadas como tales para el Consejo Administrativo. Se considerará como requisito la comprobación de los hechos por parte del jefe del Servicio de Bienestar del Personal.''.