MODIFICA DECRETO Nº 307, DE 1987
Núm. 667.- Santiago, 27 de noviembre de 1998.- Visto: Estos antecedentes; lo dispuesto en el artículo 5º de la ley Nº 18.480, según texto fijado por ley Nº 18.653,
Considerando:
Que por decreto Nº 307, de 1987, del Ministerio de Economía, se determinó los organismos competentes para otorgar los certificados de origen a que se refiere el inciso tercero del artículo 5º de la ley 18.480, designándose entre éstos al Banco Central de Chile; Que la ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile no le asignó a dicha institución atribuciones referidas a la certificación de origen de los productos chilenos de exportación, lo cual hace necesario modificar el decreto Nº 307 para designar a otra institución en su reemplazo.
D e c r e t o: