MODIFICA DECRETO Nº 869, DE 1987
Núm. 775.- Santiago, 19 de Agosto 1988.- Vistos: El artículo 32, número 8 de la Constitución Política de la República de Chile, el D.S. Nº 869 de Hacienda del 23.10.87 y el Ord. Nº 345 del 13.07.88 del Ministerio de Agricultura,
Decreto:
1º Introdúzcase las siguientes modificaciones al D.S. 869 de 1987:
a) Sustitúyase el artículo 1º, por el siguiente:
"Autorízase a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) para contratar un crédito externo con la entidad GENERAL SIGNAL A.S.G.M. CORPORATION AEROTRON DIVISION o con el MARINE MIDLAND BANK, de Estados Unidos de América, por US$ 1.190.000 o su equivalente en otras monedas, más los intereses y comisiones que correspondan.".
b) En el Nº 3, se reemplaza la regla relativa a amortización de capital por la que a continuación se señala:
"Amortización: 10 cuotas semestrales iguales y consecutivas por cada porción de crédito, venciendo la primera de ellas no antes del 20.08.88.".
2º Se otorga un nuevo plazo de 120 días a contar de la fecha de tramitación del presente decreto, para que CONAF celebre los respectivos contratos de empréstitos.