PRORROGA PARA EL AÑO 1999 VIGENCIA DE DECRETO Nº 313, DE 1997
Núm. 2.227.- Santiago, 11 de diciembre de 1998.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; la ley Nº 19.596 sobre presupuesto del sector público para el año 1999; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs. 1.912 de 1996, 313 de 1997 y 427 de 1998, de esta Secretaría de Estado, y las resoluciones Nºs. 55 de 1992 y 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,
Considerando la necesidad de hacer operativo para el año 1999 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 2 letra D) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.
D e c r e t o: