DEROGA DECRETO LEY Nº 2.716, DE 19 DE JUNIO DE 1979, Y OTORGA BENEFICIO QUE INDICA A DON JORGE CIFUENTES SANFUENTES
Santiago, 7 de Enero de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 3.106.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; Nº 527, de 1974 y Nº 991, de 1976, y Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior número 1.702, de 27 de Noviembre de 1973. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Articulo 1
Artículo 1º.- Derógase el decreto ley Nº 2.716, de 19 de Junio de 1979.
Articulo 2
Artículo 2º.- Otórgase, por gracia, a don Jorge Cifuentes Sanfuentes el derecho a obtener pensión de retiro con omisión de los requisitos establecidos en el artículo 175º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1968, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas y declárase que el día 31 de Mayo de 1978 debe considerarse, para todos los efectos legales, como la fecha en que éste fue llamado a retiro.