MODIFICA DECRETOS Nºs. 338, DE 1997 Y 131, DE 1998, QUE MODIFICO PARCIALMENTE AL D.S. Nº 338, DE 1997, PARA LA DISTRIBUCION DE GAS NATURAL EN COMUNAS DE LA QUINTA REGION
Núm. 292.- Santiago, 11 de junio de 1999.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior; en el Decreto Supremo Nº 263, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, ''Reglamento sobre Concesiones Provisionales y Definitivas para la Distribución y Transporte de Gas''; en el decreto supremo Nº 254, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, ''Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural'', en los oficios Nºs 3.034 y 3.035, ambos de 1999, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que a través del decreto supremo Nº 338, de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se otorgó a Chilquinta S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar, el servicio público de distribución de gas natural en las comunas de Casablanca, Limache, Villa Alemana, Quilpué, Valparaíso, Viña del Mar, Concón, Quintero, Puchuncaví, Quillota, La Cruz, La Calera, Hijuelas, Llay Llay y Catemu, en la Quinta Región. 2.- Que en virtud de lo dispuesto en el artículo Nº 46, del D.F.L. Nº 323, de 1931, del Interior; Chilquinta S.A. cedió y transfirió a Energas S.A. la concesión otorgada por D.S. Nº 338, de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 3.- Que mediante el decreto supremo Nº 131 de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción se autorizaron las modificaciones al D.S. Nº 338 de 1997, relativas a trazados de líneas de alta y media presión, acometidas y zonas de concesión en las comunas que se indicaron, en la Quinta Región. 4.- Que con objeto de complementar e introducir algunas precisiones relativas a la ejecución del proyecto de distribución de gas en la Quinta Región, Energas S.A., actual titular de la concesión, presentó ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles una solicitud para modificar la concesión otorgada por D.S. Nº 338, de 1997, modificado parcialmente por el D.S. Nº 131, de 1998, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
D e c r e t o:
Artículo segundo.- Modifícase el D.S. Nº 338, de 1997, y el D.S. Nº 131, de 1998, de Economía, en los términos que se señalan:
1.- Anúlense los planos generales Nº 97010-VI-001 Rev. 4 y el plano Nº 97010-VI-002 Rev. 5, aludidos en el artículo tercero del D.S. Nº 131 de 1998. 2.- Agréguense como planos finales los expresados en el artículo tercero de este decreto. 3.- Modifícase la acometida de la línea de alimentación de gas a la ciudad de Reñaca, de acuerdo a lo expuesto en el artículo quinto de este decreto y en concordancia a los planos del artículo tercero de este decreto. 4.- Modifícanse los polígonos de concesión de las ciudades de Valparaíso, Viña del Mar, Concón, Quilpué, Villa Alemana, Quillota, La Cruz y La Calera de acuerdo a lo expresado en el artículo sexto de este decreto. 5.- Modifícanse las redes de distribución de media presión (10 bar), para las ciudades de Viña del Mar, Quilpué, Villa Alemana, Concón, Quillota, La Cruz, Llay Llay, Casablanca y La Calera, según se muestra en los planos del artículo tercero y de acuerdo a lo expuesto en el artículo noveno de este decreto. 6.- Agréganse bienes particulares que serán afectos a la constitución de servidumbre predial a los ya listados en el artículo noveno del D.S. Nº 338, de 1997 y en el artículo décimo del D.S. Nº 131 de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo a la lista presentada en el artículo décimo de este decreto.
Artículo tercero.- Los cambios señalados por Energas S.A. se encuentran descritos en los siguientes planos:
Nº Plano Lámina Rev Materia
97010-VI-001 1 de 1 5 Trazado líneas de alta presión para: Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué, Villa Alemana, Casablanca y Limache.
97010-VI-002 1 de 1 6 Trazado líneas de alta presión para: Quillota, Enami, RPC, Concón, La Calera, Chagres y Llay-Llay.
97010-VI-051 1 de 2 5 Línea Nº 2 de Alta Presión Línea Poniente Trazado por Ortofoto.
97010-VI-100 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Casablanca.
97010-VI-101 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Villa Alemana.
97010-VI-102 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Quilpué.
97010-VI-103 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Viña del Mar Sector Reñaca.
97010-VI-106 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Viña del Mar.
97010-VI-107 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Concón.
97010-VI-110 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Quillota.
97010-VI-111 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión La Cruz.
97010-VI-112 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión Llay-Llay.
97010-VI-113 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión La Calera.
97010-VI-114 1 de 1 3 Red de distribución media y baja presión La Calera.
Artículo sexto.- Modifícanse los polígonos de concesión descritos en el artículo cuarto del D.S. Nº 338, de 1997 y en el artículo sexto del D.S. Nº 131 de 1998, de Economía; de acuerdo a las siguientes coordenadas UTM referidas al Datum Geodésico provisorio de 1956, según el listado de ciudades indicadas a continuación:
1. COMUNA DE VALPARAISO
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.343.740 254.220 Línea recta al vértice A' A' 6.343.250 253.550 Línea recta al vértice B B 6.342.400 253.350 Línea recta al vértice C C 6.341.360 254.190 Línea recta al vértice D D 6.340.510 254.470 Línea recta al vértice E E 6.339.720 255.710 Línea recta al vértice F F 6.339.560 256.600 Línea recta al vértice G G 6.341.000 258.400 Línea recta al vértice H H 6.340.200 259.800 Línea recta al vértice E E 6.340.500 261.350 Límite comunal de Valparaíso y Viña del Mar al vértice K K 6.342.950 258.570 Borde costero al vértice A
2. COMUNA DE VIÑA DEL MAR
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.343.100 268.700 Límite comunal de Viña del Mar y Quilpué al vértice B B 6.339.750 268.100 Línea recta al vértice D D 6.341.300 265.550 Línea recta al vértice E E 6.340.500 261.350 Límite comunal de Valparaíso y Viña del Mar al vértice K K 6.342.950 258.570 Borde costero al vértice A' A' 6.352.250 261.700 Límite comunal de Viña del Mar y Concón al vértice B' B' 6.350.600 265.650 Límite comunal de Viña del Mar y Concón al vértice F' F' 6.347.650 266.500 Línea recta al vértice G' G' 6.347.650 268.900 Línea recta al vértice G G 6.346.000 268.720 Línea recta al vértice F F 6.345.000 267.035 Línea recta al vértice A
3. COMUNA DE CONCON
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A' 6.352.250 261.700 Límite comunal de Concón y Viña del Mar al vértice B' B' 6.350.600 265.650 Linea recta al vértice C C 6.353.100 265.150 Línea recta al vértice D D 6.353.860 266.660 Línea recta al vértice E E 6.354.720 266.775 Línea recta al vértice F F 6.354.775 265.900 Línea recta al vértice G G 6.355.100 265.820 Línea recta al vértice H H 6.355.300 265.250 Borde costero al vértice A'
4. COMUNA DE QUILPUE
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.343.100 268.700 Línea comunal de Quilpué y Viña del Mar al vértice B B 6.339.750 268.100 Línea recta al vértice J J 6.339.120 269.130 Línea recta al vértice I I 6.339.000 276.110 Límite comunal de Quilpué y Villa Alemana al vértice E E 6.342.950 276.150 Línea recta al vértice A
5. COMUNA DE VILLA ALEMANA
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.339.300 279.800 Línea recta al vértice B B 6.339.550 281.150 Línea recta al vértice C C 6.340.850 282.600 Línea recta al vértice D D 6.342.900 281.100 Línea recta al vértice E E 6.342.950 276.150 Límite comunal de Villa Alemana y Quilpué al vértice I I 6.339.000 276.110 Línea recta al vértice J J 6.338.950 277.250 Línea recta al vértice K K 6.338.600 279.250 Línea recta al vértice A
6. COMUNA DE QUILLOTA
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.357.900 288.175 Línea recta al vértice B B 6.358.200 290.750 Línea recta al vértice C C 6.358.750 291.300 Línea recta al vértice D D 6.359.620 291.350 Línea recta al vértice E E 6.360.310 291.325 Línea recta al vértice F' F' 6.362.550 291.850 Límite comunal de Quillota y La Cruz al vértice D' D' 6.362.925 290.825 Línea recta al vértice C' C' 6.361.170 289.935 Línea recta al vértice B' B' 6.360.810 288.655 Línea recta al vértice A' A' 6.359.980 288.015 Línea recta al vértice A
7. COMUNA DE LA CRUZ
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.369.700 291.650 Línea recta al vértice B B 6.368.198 290.348 Línea recta al vértice C C 6.363.000 290.700 Límite comunal de La Cruz y Quillota al vértice D D 6.362.400 292.600 Línea recta al vértice E E 6.366.450 293.000 Línea recta al vértice G G 6.369.000 293.050 Límite comunal de La Cruz y La Calera al vértice A
8. COMUNA DE LA CALERA
Vértice Norte Este Unido al siguiente vértice por
A 6.369.700 291.650 Línea recta al vértice B B 6.371.250 293.450 Línea recta al vértice C C 6.371.850 293.300 Límite comunal de La Calera y Nogales al vértice D D 6.373.000 299.000 Línea recta al vértice E E 6.370.850 299.000 Límite comunal de La Calera e Hijuelas al vértice F F 6.370.000 296.000 Línea recta al vértice H H 6.370.200 295.000 Línea recta al vértice G G 6.369.000 293.050 Límite comunal de La Calera y La Cruz al vértice A
Nota: Las zonas de concesión descritas se encuentran señaladas en los planos Nº 97010-VI-001 Rev. 5 y Nº 97010-VI-002 Rev. 6, del artículo tercero de este decreto.
9. COMUNAS DE QUINTERO (SUR), CASABLANCA, LIMACHE Y LLAY LLAY
Estos polígonos permanecen iguales a lo expresado en el D.S. Nº 338 de 1997 y el D.S. 131 de 1998.
10. COMUNAS DE CATEMU E HIJUELAS
Permanecen como zonas de concesión de paso de acuerdo a lo señalado en el D.S. Nº 338 de 1997.
Artículo noveno.- Agréganse los siguientes bienes de uso público que serán objeto de ocupación o cruzamiento, a los ya individualizados en el D.S. Nº 338, de 1997, de Economía y el D.S. Nº 131, de 1998, de Economía, que modificó parcialmente el D.S. Nº 338, de 1997.
a) RED DE ALTA PRESION
Producto de la modificación a la acometida a Reñaca, contenida en el presente decreto, se agregan los siguientes bienes nacionales de uso público, a los ya individualizados en los decretos antes referidos, que serán objeto de ocupación o cruzamiento.
Vías de ocupación
Vía Desde Hasta Metros Presión Diámetro Bar pulgadas
Predio Jarilla Ruta F - 30 E 1800 30 6 Armada
Calle Ruta F - 30 E Calle Calafquén 1100 30 6 Riñihue
Calle Calle Riñihue Cámara derivación PRA y 1200 30 6 Calafquén PRB de Reñaca ubicadas en calle Calafquén
Calle Cámara derv. PRA Calle Los Queltehues 600 30 6 Calafquén y PRB de Reñaca
Calle Los Calle Calafquén Plantas Reguladoras 350 30 6 Queltehues PRA y PRB ubicadas en sitio particular Nota: PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa.
Vías de cruzamiento
Vía Metros Presión Bar Diámetro pulgadas
Ruta F- 30 E 50 30 6 b) RED DE MEDIA PRESION (10 bar)
Producto de las modificaciones para las redes de distribución de media presión, dentro de las ciudades de: Casablanca, Villa Alemana, Quilpué, Viña del Mar, Concón, La Cruz, Quillota, La Calera y Llay Llay, se agregan los siguientes bienes nacionales de uso público, a los ya individualizados en los decretos antes referidos, los cuales serán objeto de ocupación o cruzamiento:
COMUNA DE CASABLANCA
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Av. Diego Equipo PRA ubicado Bdo. O'Higgins 10 6 Portales en Av. Diego Portales
Bdo. O'Higgins Av. Diego Portales Calle Cementerio 10 6
Calle Bdo. O'Higgins Pedro Mayorga 10 6 Cementerio
Pedro Calle Cementerio Chacabuco (Cámara 10 6 Mayorga de Derivación)
Chacabuco Pedro Mayorga Equipo PRB (Arturo Prat 10 4 (Cámara de Derivación) esq. Chacabuco)
Pedro Chacabuco (Cámara de Cámara Derivación Cía. 10 6 Mayorga Derivación) Chilena de Tabacos
Pedro Cámara Derivación Cía. Av. Constitución Mayorga Chilena de Tabacos
Paralelismo Av. Constitución Cámara Derivación 10 6 Ruta 68 CAIMI
Cruce Ruta 68 Cámara derivación Cía. Equipo PRC Cía. 10 6 Chilena de Tabacos (en Chilena de Tabacos calle Pedro Mayorga)
Cruce Ruta 68 Cámara Derivación a CAIMI Equipo PRC CAIMI 10 3
Notas: Para detalle ver plano Nº 97010-VI-100 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. Equipo PRA en plano Nº 97010-VI-100 es el equipo C.G. Nº 5 en plano Nº 97010-VI-001 Rev. 5 PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial.
COMUNA DE VILLA ALEMANA
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Ojo de Agua Ojo de Agua Esquina Porvenir 10 8 Gregorio Izquierdo (Límite Comunal Villa Alemana)
Porvenir Ojo de Agua Interior Reyes 10 8
Interior Reyes Porvenir Av. Valparaíso 10 8 Interior
Av. Valparaíso Interior Reyes Av. Valparaíso 10 8 Interior
Quito Av. Valparaíso Buenos Aires 10 8
Buenos Aires Quito Fresia 10 8
Fresia Buenos Aires Carlos Ibáñez 10 8
Carlos Ibáñez Fresia Lautaro 10 8
Lautaro Carlos Ibáñez Santiago 10 8
Santiago Lautaro Reinike 10 8
Reinike Santiago Av. Valparaíso 10 8
Cruce Av. Reinike Equipo PRB ubicado 10 8 Valparaíso en Av. Valparaíso esq. San Enrique
Nota: Para detalle ver plano Nº 97010-VI-101 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa.
COMUNA DE QUILPUE
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Camino Marga Equipo PRA ubicado en Equipo PRB ubicada 10 8 Marga o Ruta Camino Marga Marga esq. en Camino Marga F-50 calle San Felipe Marga esq. Los Carrera
Los Carrera Cámara derivación ubicada Jotabeche 10 8 en Camino MargaMarga esq. Los Carrera
Jotabeche Los Carrera Av. V Centenario 10 8
Av. V Jotabeche Cámara derivación 10 8 Centenario en Castilla con Av. V Centenario
Av. V Cámara derivación en Castilla La Rábida 10 8 Centenario con Av. V Centenario
La Rábida Av. V Centenario Gregorio Izquierdo 10 8
Gregorio La Rábida Ojo de Agua (Límite 10 8 Izquierdo Comunal V. Alemana)
Castilla Cámara derivación en Castilla Av. Los Reyes 10 3 con Av. V Centenario
Av. Los Reyes Castilla La Rábida 10 3
La Rábida Av. Los Reyes Freire 10 3
Freire La Rábida David Bear 10 3
David Bear Freire Equipo PRC Inesa 10 3
Notas: Para detalle ver plano Nº 97010-VI-102 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. Equipo PRA en este plano es el equipo C.G. Nº 1 en plano Nº 97010-VI-001 Rev. 5. PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial.
COMUNA DE VIÑA DEL MAR
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Línea Ferrocarriles Equipo PRA ubicado en Cámara 10 8 del Estado, Sitio Energas, en calle derivación a Santiago Puerto Limache con el Viaducto Oxiquím en calle hacia Viña del Mar Las Palmas Limache y EFE (Ferrocarriles)
Calle Limache Cámara derivación a Equipo PRB 10 8 Oxiquím en calle Limache ubicado en calle y EFE (Ferrocarriles) Limache esq. Puente Achupallas
Camino Troncal Equipo PRB ubicado en Cámara 10 6 hacia Quilpué calle Darwin con calle derivación en Tomé Camino Troncal con Av. Alemania
Camino Troncal Cámara derivación en Entrada 10 6 hacia Quilpué Camino Troncal con Av. Condominio Paso Alemania Hondo
Calle interna Entrada Condominio Paso Equipo PRC 10 6 Condominio Paso Hondo Condominio Paso Hondo Hondo
Calle Pablo de Cámara derivación en Equipo PRB en 10 6 Rokha calle Pablo de Rokha con Condominio Los ruta CH- Almendros
Notas: Para detalle ver plano Nº 97010-VI-106 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. Equipo PRA en este plano es el equipo C.G. Nº 2 en plano Nº 97010-VI-001 Rev. 5. PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial. COMUNA DE CON CON
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Ruta F-32 Cámara derivación RPC en Av. Borgoño 10 6 Línea Nº 3 con Ruta F-32
Av. Borgoño Ruta F-32 San Agustín 10 6
San Agustín Av. Borgoño Barros 10 6
Barros San Agustín Calle 2 10 6
Calle 2 Barros Equipo PRB calle 10 6 2 esq. Vergara
Los Romeros Cámara derivación en Los Cerezos 10 6 calle 2 esq. Vergara
Los Cerezos Los Romeros Av. Magallanes 10 6
Av. Magallanes Los Cerezos Av. Concón 10 6 Reñaca
Av. Concón Av. Magallanes Orión 10 6 Reñaca
Tres Marías Orión Laura Barros 10 6
Laura Barros Tres Marías Cámara 10 6 derivación Equipo PRB en esq. Av. Concón Reñaca con Costanera
Av. Concón - Cámara derivación Equipo Av. Luisa de 10 6 Reñaca PRB en esq. Av. Colón - Hamel Reñaca con Costanera (Reñaca)
Av. Luisa de Av. Concón - Reñaca Calle Los 10 6 Hamel (Reñaca) Queltehues
Queltehues Av. Luisa de Hamel Equipo PRB en 10 6 (Reñaca) sitio particular
Nota: Para detalle ver planos Nº 97010-VI-107 Rev. 3 y Nº 97010-VI-103 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial.
COMUNAS DE QUILLOTA Y LA CRUZ
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Manuel Equipo PRA y PRB Av. 21 de Mayo 10 8 Rodríguez en la ubicado en Manuel Comuna de La Rodríguez # 41 Cruz
Av. 21 de Mayo Manuel Rodríguez Cámara derivación 10 8 Polvareda esq. 21 de Mayo
Av. 21 de Mayo Cámara derivación en Arturo Prat 10 6 Polvareda esq. 21 de Mayo
Arturo Prat Av. 21 de Mayo Freire 10 6
Freire Arturo Prat Equipo PRB Freire 10 6 esquina Chacabuco
Polvareda Cámara derivación en General Baquedano 10 6 Polvareda Esquina 21 de Mayo
General Polvareda Equipo PRC Ipanema en 10 6 Baquedano Comuna de La Cruz
Nota: Para detalle ver planos Nº 97010-VI-110/111 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. Equipo PRA en plano Nº 97010-VI-111 es el equipo C.G. Nº 8 en plano Nº 97010-VI-002 Rev. 6. PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial.
COMUNA DE LLAY-LLAY
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Rol 151-66 Equipo PRA ubicado José Manuel 10 6 en Rol 151-66 Balmaceda
José Manuel Rol 151-66 Ignacio Carrera 10 6 Balmaceda Pinto
Ignacio Carrera José Manuel Almirante Latorre 10 6 Pinto Balmaceda
Almirante Latorre Ignacio Carrera Pinto Equipo PRB en 10 6 Almirante Latorre
Notas: Para detalle ver plano Nº 97010-VI-112 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. Equipo PRA en plano Nº 97010-VI-112 es el equipo C.G. Nº 14 en plano Nº 97010-VI-002 Rev. 6. PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial.
COMUNA DE LA CALERA
Vía Desde Hasta Presión Diámetro bar pulgadas
Carrera Equipo PRA Carrera esq. Cámara derivación en 10 6 Los Alamos Maratón con Carrera, en Comuna de La Cruz
Maratón Cámara derivación en Equipo PRB Maratón esq. 10 4 Maratón con Carrera Olimpiadas
Caupolicán Cámara derivación en Lord Cochrane 10 6 Maratón con Carrera
Lord Caupolicán Teresa 10 6 Cochrane
Teresa Lord Cochrane Balmaceda 10 6
Balmaceda Teresa J. J. Godoy 10 6
J.J. Godoy Balmaceda Av. Adrián 10 6
J.J. Godoy Av. Adrián Equipo PRC Algas 10 4 Marinas
J.J. Godoy Deriv. Equipo PRC Algas Equipo PRB J.J. Godoy 10 4 Marinas esq. Las Quintas
J.J. Godoy Balmaceda - Cruce EFE Equipo PRC 10 4 Sopraval 3
Av. Adrián J.J. Godoy Equipo PRC 10 4 Sopraval 2
Notas: Para detalle ver planos Nº 97010-VI-113/114 Rev. 3 del artículo tercero de este decreto. Equipo PRA en plano Nº 97010-VI-114 es el equipo C. G. Nº 9 en plano Nº 97010-VI-002 Rev. 6. Las redes de distribución de media presión para las ciudades de Limache y Valparaíso, permanecen tal como se expresó en el D.S. 131 de 1998. Lo mismo para las redes industriales de Quintero Sur y Catemu, permanecen tal como se expresó en el D.S. 131 de 1998. PRA corresponde a Estación Reguladora de Presión de primera etapa. PRB corresponde a Estación Reguladora de Presión de segunda etapa. PRC corresponde a Estación Reguladora de Presión industrial.
Artículo décimo.- Agréganse las siguientes propiedades fiscales, municipales y particulares que serán afectadas por el servicio predial objeto de la servidumbre, a los bienes ya individualizados en el D.S. Nº 338, de 1997, de Economía y el D.S. Nº 131, de 1998, de Economía, que modificó parcialmente el D.S. Nº 338, de 1997.
RED CIUDAD QUILPUE Y RED Nº 1 ALTA PRESION
Comuna Nº Rol Dirección o Nombre de la Nombre del Propietario Propiedad
TRAMO: LO ESCOBARES/QUILPUE/VALPARAISO
Quilpué 3390-13 Lote Nº 4 Inmobiliaria El Belloto 2000 Quilpué 3390-12 Lote Nº 1 Inmobiliaria El Belloto 2000 Villa Alemana 806-8 Plaza y Cooperativa Benito Juárez 806-245 Loteo Lado Norte Troncal Valparaíso 9318-2 Fundo Las Cenizas Forestal Valparaíso S.A.
RED. Nº 2 ALTA PRESION TRAMO: LO VENECIA/LA CRUZ
Quillota 332-004 Hijuela F-Fundo El Quisco Agrícola El Limonar Quillota 228-561 Lote Nº 7 Sonia Collados Quillota 342-22 Parcela La Capilla María Oriana Spada La Cruz 10-27 Manuel Rodríguez Nº 41 Sara Gondre
TRAMO: LA CRUZ/CHAGRES
La Calera 228-557 Reserva Nº 3. Lote Nº B Edmundo Huerta Maulén Llay Llay 151-025 Soc. Agrícola y Forestal Juan Luis Scappini José Ltda. Llay Llay 151-258 Parcela Estero Los Loros Segundo Figueroa
TRAMO: EL SALTO/QUINTERO SUR
Viña del Mar s/r El Olivar Lote 1-B Serviu V Región Viña del Mar s/r Villa Independencia Serviu V Región Viña del Mar s/r Villa Los Almendros Serviu V Región Viña del Mar 2007* Población Canal Beagle Cooperativa de Viviendas Canal Beagle Quintero 271-32 Camping Las Gaviotas Rodolfo Cambiasso Quintero 271-31 Camping Las Gaviotas Pedro O'Ryan Viña del Mar s/r Cortafuegos (Los Pinos) Sucesión Gastón Hamel de Souza Viña del Mar 703-4 Limache Nº 3113. Lote Esval S.A. 45. Viña del Mar Viña (Reñaca) 07002-023 Parcela 60. Hacienda Miguel Angel Sanhueza Astorga Reñaca (Los Pinos) Viña (Concón) 5001-4 Sector Torquemada Jorge Spengel/Armada de Chile Concón 4650-23 Hacienda Reñaca Sucesión Gastón Hamel de Souza Quintero 271-532 Parcela 40 Nature's Farm Fundo Las Gaviotas Quintero 271-10 Parcela 1 Basf Chile Fundo Las Gaviotas Viña del Mar 704-10 Calle Limache con Vialidad - V Región 704-11 Viaducto Las Palmas
Notas: - Las individualización de las propiedades, corresponde a la información proporcionada por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.). - Los predios se individualizan en planos del artículo duodécimo de este decreto.
Artículo duodécimo.- Los planos finales de las servidumbres que se impondrán en las propiedades fiscales, municipales y particulares, recapitulando los del D.S. Nº 131, de 1998, de Economía, los cuales son expresamente aprobados, son los siguientes:
PLANOS QUE SON MODIFICADOS POR ESTE DECRETO
Nº Plano Lámina Rev Título
97010-VI-050 3 de 4 4 Línea Nº 1 de Alta Presión de Rodelillo a Electrogas trazado por ortofoto. 97010-VI-051 1 de 2 5 Línea Nº 2 de Alta Presión Línea Poniente trazado por ortofoto. 97010-VI-051 2 de 2 4 Línea Nº 2 de Alta Presión Línea Sur Poniente trazado por ortofoto. 97010-VI-052 2 de 5 5 Línea Nº 2 de Alta Presión Línea Nor-Oriente trazado por ortofoto. 97010-VI-052 3 de 5 4 Línea Nº 2 de Alta Presión Línea Nor-Oriente trazado por ortofoto. 97010-VI-052 5 de 5 4 Línea Nº 2 de Alta Presión Línea Nor-Oriente trazado por ortofoto.
PLANO NUEVO PARA ESTE DECRETO
Nº Plano Lámina Rev Título
97010-VI-056 1 de 1 1 Línea Nº 1 de Alta Presión de Rodelillo a Electrogas trazado por ortofoto. Trazado por ortofoto ciudad de Quilpué.
PLANOS QUE PERMANECEN DEL D.S. Nº 131, DE 1998, DE ECONOMIA
Nº Plano Lámina Rev Descripción
97010-VI-050 1 de 4 1 Trazado por ortofoto Lo Escobares- Villa Alemana 97010-VI-050 2 de 4 1 Trazado por ortofoto Villa Alemana-Quilpué 97010-VI-050 4 de 4 1 Trazado por ortofoto Lo Escobares- Limache 97010-VI-051 1 de 2 3 Trazado por ortofoto El Salto- Reñaca 97010-VI-052 1 de 5 3 Trazado por ortofoto Lo Venecia - El Boco 97010-VI-052 4 de 5 3 Trazado por ortofoto Villa Frei - Túnel La Calavera 97010-VI-055 1 de 2 0 Trazado por ortofoto Tapihue - Sta. Inés 97010-VI-055 2 de 2 0 Trazado por ortofoto Sta. Inés - Casablanca Nota: Para plano 97010-VI-055 se corrige número de láminas que es de 2 en lugar de 7 que se había indicado en decreto anterior.