MODIFICA RESOLUCION Nº 818 EXENTA, DE 1999, QUE LLAMA A INSCRIPCION DE POSTULANTES AL SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL PARA LA ATENCION DEL SECTOR RURAL, Y APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL PRIMER LLAMADO 1999; PARA EL I LLAMADO 1999 A POSTULACION PARA LA ADQUISICION O CONSTRUCCION DE VIVIENDAS RURALES EMPLAZADAS EN ASENTAMIENTOS POBLACIONALES; Y PARA EL LLAMADO 1-99 A POSTULACION COLECTIVA CON PROYECTOS DE SANEAMIENTO SANITARIO PARA PREDIOS RURALES
Santiago, 12 de agosto de 1999.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.263 exenta.- Visto: El D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, y en especial lo previsto en sus artículos 6°, 16, 17, 18 y 19 y en sus Títulos II y III; la resolución exenta Nº 507, de fecha 18 de febrero de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.703, de fecha 25 de junio de 1999, ambas de los Ministerios de Hacienda y de Vivienda y Urbanismo; las resoluciones exentas Nº 817 y Nº 818, ambas de este Ministerio, de fecha 25 de marzo de 1999, publicadas en el Diario Oficial del 29 de marzo de 1999, modificada la última por la resolución exenta Nº 1.832, de este Ministerio, de fecha 9 de julio de 1999, publicada en el Diario Oficial del 19 de julio de 1999; la resolución exenta Nº 419, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 24 de mayo de 1999, publicada en el Diario Oficial del 31 de mayo de 1999; la resolución exenta Nº 297, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VII Región del Maule, de fecha 24 de mayo de 1999, publicada en el Diario Oficial del 29 de mayo de 1999; la resolución exenta Nº 385, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VIII Región del Bío Bío, de fecha 25 de mayo de 1999, publicada en el Diario Oficial del 31 de mayo de 1999; la resolución exenta Nº 331, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo X Región de los Lagos, de fecha 20 de mayo de 1999, publicada en el Diario Oficial del 27 de mayo de 1999, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999, en la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero del número 4º de dicha resolución las cifras ''684.950'', ''705.100'' y ''34.650'', por las siguientes cifras: ''706.280'', ''671.440'' y ''46.980'', respectivamente. b) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra a) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región Monto de recursos presupuestarios que se destinarán a la Región (U.F.)
I 3.400 II 4.500 III 17.600 IV 23.000 V 44.080 VI 109.000 VII 124.500 VIII 91.400 IX 165.800 X 115.000 XI 8.000 XII 0 R.M. 0
Total 706.280
c) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra b) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región Monto de recursos presupuestarios que se destinarán a la Región (U.F.)
I 0 II 0 III 1.900 IV 43.890 V 45.560 VI 34.700 VII 60.000 VIII 84.000 IX 92.400 X 31.740 XI 0 XII 0 R.M. 277.250 Total 671.440
d) Sustitúyese el cuadro inserto en la letra c) del número 4º de dicha resolución por el que a continuación se inserta:
Región Monto de recursos presupuestarios que se destinarán a la Región (U.F.)
I 0 II 0 III 0 IV 5.110 V 11.970 VI 1.900 VII 17.500 VIII 7.000 IX 0 X 3.500 XI 0 XII 0 R.M. 0
Total 46.980
2°.- Apruébanse las nóminas de 5.329 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al primer llamado 1999 (Título I), dispuesto en el número 1° de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. 3°.- Déjase constancia que las nóminas de 5.329 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 703.550 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el primer llamado 1999 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de aplicado el procedimiento dispuesto en los artículos 6°, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5° de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999:
Tipo de Postulación Monto de recursos Región Individual Colectiva Comprometidos Provincia (U.F.) (U.F.) (U.F.)
I 2.700 0 2.700 II 4.500 0 4.500 III 15.150 2.400 17.550 IV 19.850 2.860 22.710 V 33.820 10.140 43.960 VI 94.100 14.690 108.790 Cachapoal 26.320 8.450 34.770 Colchagua 51.340 3.120 54.460 Cardenal Caro 16.440 3.120 19.560 VII 76.960 47.300 124.260 Curicó 17.740 22.100 39.840 Talca 16.550 3.250 19.800 Linares 39.020 21.950 60.970 Cauquenes 3.650 0 3.650 VIII 87.610 3.640 91.250 Ñuble 32.470 0 32.470 Bío Bío 21.600 3.640 25.240 Concepción 7.410 0 7.410 Arauco 26.130 0 26.130 IX 165.780 0 165.780 X 110.530 3.600 114.130 Valdivia 43.240 1.950 45.190 Osorno 11.830 0 11.830 Llanquihue 12.370 1.650 14.020 Chiloé 28.860 0 28.860 Palena 14.230 0 14.230 XI 7.920 0 7.920 Total 618.920 84.630 703.550
4°.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponda, por tipo de postulación, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el primer llamado 1999 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 1° de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999:
Región Tipo de Postulación Total Postulantes Provincia Individual Colectiva Seleccionados I 18 0 18 II 30 0 30 III 101 16 117 IV 143 22 165 V 260 78 338 VI 722 113 835 Cachapoal 202 65 267 Colchagua 394 24 418 Cardenal Caro 126 24 150 VII 586 348 934 Curicó 136 170 306 Talca 125 25 150 Linares 298 153 451 Cauquenes 27 0 27 VIII 673 28 701 Ñuble 249 0 249 Bío Bío 166 28 194 Concepción 57 0 57 Arauco 201 0 201 IX 1.266 0 1.266 X 839 26 865 Valdivia 332 15 347 Osorno 91 0 91 Llanquihue 95 11 106 Chiloé 222 0 222 Palena 99 0 99 XI 60 0 60 Total 4.698 631 5.329
5°.- Apruébanse asimismo las nóminas de 3.509 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al I llamado 1999 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales (Título II), dispuesto en el número 2º de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. 6°.- Déjase constancia que las nóminas de 3.509 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 651.660 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el I llamado 1999 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título II, monto que se distribuye de la siguiente forma, según tipo de postulación, región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999:
Tipo de Postulación Monto de Recursos Región Individual Colectiva Comprometidos Provincia (U.F.) (U.F.) (U.F.)
III 1.800 0 1.800 IV 9.940 31.580 41.520 V 4.540 40.980 45.520 VI 360 33.120 33.480 Colchagua 0 16.920 16.920 Cardenal Caro 360 16.200 16.560 VII 18.980 40.120 59.100 Curicó 540 3.400 3.940 Talca 14.380 25.200 39.580 Linares 2.760 11.520 14.280 Cauquenes 1.300 0 1.300 VIII 16.380 66.380 82.760 Ñuble 10.080 42.480 52.560 Bío Bío 4.320 8.820 13.140 Concepción 900 3.200 4.100 Arauco 1.080 11.880 12.960 IX 18.420 73.980 92.400 X 3.860 23.580 27.440 Valdivia 800 11.520 12.320 Osorno 0 8.100 8.100 Chiloé 3.060 3.960 7.020 R.M. 124.540 143.100 267.640 Total 198.820 452.840 651.660
7°.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponda, por tipo de postulación, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el I llamado 1999 a postulación para la adquisición o construcción de viviendas rurales emplazadas en asentamientos poblacionales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 2º de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999:
Región Tipo de Postulación Total Postulantes Provincia Individual Colectiva Seleccionados
III 9 0 9 IV 55 158 213 V 25 205 230 VI 2 184 186 Colchagua 0 94 94 Cardenal Caro 2 90 92 VII 104 221 325 Curicó 3 17 20 Talca 79 140 219 Linares 15 64 79 Cauquenes 7 0 7 VIII 91 367 458 Ñuble 56 236 292 Bío Bío 24 49 73 Concepción 5 16 21 Arauco 6 66 72 IX 101 411 512 X 21 131 152 Valdivia 4 64 68 Osorno 0 45 45 Chiloé 17 22 39 R.M. 689 735 1.424 Total 1.097 2.412 3.509
8°.- Apruébanse asimismo las nóminas de 692 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al llamado 1-99 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales, dispuesto en el número 3º de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999, nóminas que se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. 9°.- Déjase constancia que las nóminas de 692 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 45.020 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado 1-99 del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, modalidad de postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales que regula el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en especial su Título III, monto que se distribuye de la siguiente forma, por región y provincia, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986, y en el número 5º de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999:
Región Monto de recursos comprometidos Provincia (U.F.) IV 5.110 V 11.970 VI 1.880 Cachapoal 1.880 VII 15.630 Linares 14.930 Cauquenes 700 VIII 6.930 Ñuble 1.750 Bío Bío 3.430 Arauco 1.750 X 3.500 Chiloé 3.500 Total 45.020
10.- Fíjase la siguiente distribución regional y provincial, cuando corresponda, para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado 1-99 a postulación colectiva con proyectos de saneamiento sanitario para predios rurales del Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, efectuado por el número 3º de la resolución exenta Nº 818, modificada por resolución exenta Nº 1.832, ambas de este Ministerio, de 1999:
Región Total Postulantes Provincia Seleccionados IV 73 V 207 VI 30 Cachapoal 30 VII 233 Linares 223 Cauquenes 10 VIII 99 Ñuble 25 Bío Bío 49 Arauco 25 X 50 Chiloé 50 Total 692
11.- Publíquense las nóminas completas que se aprueban en el número 2º, en el número 5º y en el número 8º de esta resolución, en un periódico de circulación nacional, indicándose en dicha publicación el nombre completo del beneficiario, su Cédula Nacional de Identidad o RUT y el puntaje total obtenido, sin perjuicio de las nóminas completas de que dispondrán los Serviu, las que señalarán, a lo menos, el puntaje total y el obtenido en cada uno de los rubros considerados, por cada postulante seleccionado; el Rol Unico Tributario; el monto del subsidio directo de cada postulante seleccionado; el monto total del ahorro acumulado por cada postulante y el puntaje de corte correspondiente al último postulante seleccionado. 12.- En conformidad a lo dispuesto en el número 15 del numeral I de la resolución exenta Nº 1.507, de este Ministerio, de 1996, en la forma en que dicho número fue modificado por el número 6º del numeral I de la resolución exenta Nº 817, de este Ministerio, de 1999, y a lo dispuesto en los números 8º y 11 del numeral I de la resolución exenta Nº 817, de este Ministerio, de 1999, aquellos postulantes que hubieren optado por el procedimiento que en dichos números se señala, si hubieren resultado seleccionados para recibir sus respectivos Certificados de Subsidio Habitacional, deberán entregar al Serviu correspondiente, los antecedentes actualizados que éste les requiera para acreditar que en sus casos concurrían las circunstancias declaradas.