AGREGA CONDICION FINANCIERA Y AMPLIA PLAZO DE DECRETOS N°s. 1.201, Y 1.202, DE 1987, Y No. 16, DE 1988 Núm. 418.- Santiago, 10 de Mayo de 1988.- Vistos: El artículo 32, número 8 de la Constitución Política de la República de Chile, y los DS de Hacienda No. 1.201 y No. 1.202 de 1987, y No. 16 de 1988,
Decreto:
1°.- Agrégase en el artículo 3° del DS de Hacienda No. 16 del 14.01.88 el siguiente acápite: Interés por mora: hasta un 3% anual, sobre la tasa de interés anunciada públicamente por el Banco Citibank N.A. en Nueva York, como la tasa base de ese Banco. 2°.- Agrégase en el artículo 3° letra b), del DS de Hacienda No. 1.201, del 29.12.87, el siguiente acápite: Interés por mora: se aplicará la tasa mayor entre: i) la tasa contratada (6.5% anual) o, ii) la tasa anual fijada por Eximbank, para nuevos préstamos vigente a la fecha de incumplimiento. 3°.- Agrégase en el artículo 3° del DS de Hacienda No. 1.202 del 29.12.87, el siguiente acápite:
Interés por mora: hasta un 9.4% anual.
4°.- Prorrógase por un plazo de 30 días, a contar de la fecha de total tramitación de este Decreto, la vigencia de los DS de Hacienda No. 1.201 y 1.202 de 1987 y No. 16 de 1988.