MODIFICA DECRETO ALCALDICIO N° 58, DE 1986, ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Núm. 40.- Las Cabras, 19 de Enero de 1987.- Vistos: El Artículo 6° transitorio y demás pertinentes del DL 3.063/79, Rentas Municipales y las facultades que para el efecto me confiere el DL 1.289, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal, Arts. 12 y 13, Decreto:
1.- Modifícase Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios, aprobada por Decreto Alcaldicio N° 58 del 04 de Febrero de 1986, en lo siguiente:
ARTICULO 4°: Derechos por concepto de instalaciones o construcciones de Bienes Nacionales de uso público, sin perjuicio de la contribución, por patentes municipales o permisos correspondientes.
Instalación de mesas y/u otros para atención de público, anexa a los establecimientos comerciales por mt2 semestral: 0,20 UTM. Exhibición de mercaderías ocupando vereda que enfrento los locales comerciales, por mt2 semestral 0,20 UTM.
ARTICULO 5°: Derechos relativos a propaganda vista u oída desde la vía pública.
Uso de parlantes:
a) Diario: De 9.00 hrs. a 13.00 hrs. y 16.00 hrs. a 18.00 hrs. Comerciante ambulante 0,05 UTM.
b) Hora: De 9.00 hrs. a 13.00 hrs. y 16.00 hrs. a 18,00 hrs. Toda otra difusión exceptuando el comercio ambulante 0,05 UTM.
c) Toda difusión que no se encuentro en los horarios establecidos en la letra a y b del presente artículo, hora 0,25 UTM
ARTICULO 7°: Derechos municipales por concepto de Dirección de Obras y Urbanismo:
Subdivisiones 1% del avalúo fiscal del terreno Loteos 1,5% del avalúo fiscal del terreno ARTICULO 9°: Derechos Varios:
En los siguientes documentos se deberán adherir, estampillas de Impuestos Municipales, por los valores que se indican:
Certificados por término de giro, transferencias y otros 0,05 UTM. Permisos provisorios para conducir 0,10 UTM.