MODIFICA LOS DECRETOS ALCALDICIOS N°s. 178, DE 1980, Y 412, DE 1984
Tomé, 26 de Diciembre de 1986. La Alcaldía decretó hoy lo siguiente: Núm. 730. Vistos: Estos antecedentes: Los Decretos de Alcaldía N°s. 178 de 25.06.80 y 412 de 12.12.84, sobre Ordenanza Local de Cobro de Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios; la Circular No. L-37 de fecha 22.09.86, del Ministerio del Interior; 1o prescrito por el Decreto Supremo No. 1.617 del 31 de Diciembre de 1984, que me designó Alcalde de la Comuna; la facultad que me confiere el Decreto Ley No. 1.285, sobre Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal; DS 112/76. (DO de 06 de Mayo de 1976).
Decreto:
Modifícase el contenido de los Decretos de Alcaldía N°s. 178 del 25.06.80 y 412 del 12.12.84, sobre Ordenanza Local de Cobro de Derechos Municipales, por Concesiones, Permisos y Servicios, en la siguiente forma:
ARTICULO 10°:
2. Reuni�nes sociales, bailes, bingos bailables (a beneficio de Instituciones Deportivas, Culturales, Vecinales, Voluntariado y de bien público), diario 15% UTM 3. Funcionamiento de Bailes: (Ramadas, Fiestas Patrias u otra fiesta de carácter nacional) a particulares, diario: 30% UTM 5. Autorizaciones para funcionamiento provisorio de negocios, talleres, etc. mensual 12a. parte de 1 UTM
ARTICULO 13°:
1. Ambulante en la Vía pública, diario 3% UTM 2. Ambulante en la Vía Pública mensual 15% UTM
ARTICULO 14°:
1. Subdivisiones 1% del avalúo fiscal del terreno. 13. Loteos 1,5% del avalúo fiscal del terreno.