REACTUALIZA CANTIDADES EN DOLARES SEÑALADAS EN EL ARTICULO 6° DE LA LEY N° 17.238 Y SUS MODIFICACIONES Núm. 564.- Santiago, 18 de Junio de 1985.- Vistos: El oficio Ord. N° 7.172, del 27 de Mayo de 1985, del Banco Central de Chile, mediante el cual comunica que la variación del Indice de Precios al por Mayor de los Estados Unidos de América en el período de doce meses comprendidos entre el 1° de Mayo de 1984 y el 30 de Abril de 1985, es de -0,67 %; y
Teniendo presente: Lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 6° de la Ley N° 17.238, reemplazado por el N° 2 del artículo 5° de la Ley 18.349.
Decreto:
Reactualízanse en -0,67% a contar del 1° de Julio de 1985, las siguientes cantidades en dólares señaladas en el inciso cuarto del artículo 6° de la Ley N° 17.238:
US$ 6.000 a US$ 5.959,80
US$ 8.000 a US$ 7.946,40