MODIFICA ARTICULO 80 DEL DECRETO Nº 212, DE 1992 Núm. 75.- Santiago, 17 de junio de 1999.- Visto: Las leyes Nº 18.059, 18.290 y 18.296 (artículo 3) y lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República.
D e c r e t o:
1.- Modifícase el artículo 80 del DS Nº 212, de
1992, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en
orden a reemplazar en todos los incisos el guarismo
''800'' por ''200''.
2.- La modificación anterior entrará a regir el
31 de Marzo de 2000.