REGLAMENTA DECRETO LEY Nº 701, DE 1974, QUE SOMETE A LOS TERRENOS FORESTALES A LAS DISPOSICIONES QUE SEÑALA Santiago, 26 de Diciembre de 1974.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 346.- Vistos: lo dispuesto en el decreto ley Nº 701, de 15 de Octubre de 1974; en el decreto con fuerza de ley Nº 294, de 5 de Abril de 1960, orgánico del Ministerio de Agricultura, y en los decretos leyes N.os 1, de 1973, y 527, de 1974,
Considerando:
Que de conformidad al decreto ley Nº 701, de 1974, corresponde a la Corporación Nacional Forestal la calificación de los terrenos forestales; Que el mismo decreto establece la obligación de elaborar planes de forestación, reforestación o manejo para los terrenos declarados de aptitud, preferentemente forestal, o de bosques naturales o artificiales; Que el artículo 18 del mencionado decreto señala que el Ministerio de Agricultura dictará las normas pertinentes para los efectos de los planes de manejo u ordenación forestal.
Decreto:
Articulo 1
Articulo 2
Artículo 2º.- La solicitud que se presente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior deberá contener la individualización del solicitante y del predio, con indicación del número de rol de avalúo para los efectos de la contribución territorial, y deberá ir acompañada con los siguientes antecedentes:
a) Certificado de avalúo, para los efectos de la contribución territorial con clasificación de suelos; b) Copia de inscripción de dominio con certificado de vigencia; c) Certificado de gravámenes y de prohibición; d) Certificado de fronteras y límites cuando proceda, y e) Estudio técnico, con la correspondiente pro- posición calificatoria, elaborada por un in- geniero forestal o ingeniero agrónomo inscrito en el respectivo Colegio de su Orden, con residencia en el territorio nacional.
Articulo 3
Artículo 3º.- El estudio técnico que se indica en el artículo anterior, deberá comprender, a lo menos, las siguientes materias:
A. ESTUDIO TECNICO PARA CALIFICAR LOS TERRENOS DE APTITUD PREFERENTEMENTE FORESTAL
1. Estado natural
Ubicación administrativa del predio. Deslindes generales. Superficie afecta a la calificación. Vías de acceso al predio. Superficie total del predio.
2. Descripción del predio
Topografía Hidrografía Exposición Altitud Uso actual del suelo
3. Clima
Temperatura Pluviosidad (cantidad y distribución) Viento predominante
4. Suelo
Capacidad de uso de los suelos
5. Plano
Escala Límite predial Ubicación del predio Límite de las clases de capacidad de uso Límites de la superficie ocupada por terrenos de aptitud preferentemente forestal.
6. Justificación de la aptitud preferentemente forestal.
7. Datos personales
Nombre y firma del autor del estudio técnico e inscripción vigente en el Colegio de la Orden respectiva.
B. ESTUDIO DE CALIFICACION DE BOSQUES NATURALES Y ARTIFICIALES.
1. Características del bosque: Se indicarán las especies, densidad o número de árboles por hectárea, edad aproximada, tipos forestales y su superficie y ubicación de los tipos forestales dentro de las clases de capacidad de uso del suelo del predio, y hectáreas plantadas por especies.
2. Proposición calificatoria.
a) Resumir el estudio y señalar específicamente las hectáreas de bosques artificiales y de bosques naturales existentes en el predio, ya sea ocupando terrenos forestales o no forestales; b) Plano a escala, donde aparezcan claramente delimitados los bosques, si son artificiales, indicando la especie, año de plantación, superficie que cubren; si son naturales, indicando los tipos forestales y superficie que cubren; c) En caso que haya existido una calificación de terrenos de aptitud preferentemente forestal sobre el predio, acompañar el certificado respectivo.
3. Datos personales: nombre y firma del autor del estudio de calificación e inscripción vigente en el Colegio de la orden respectiva.
Articulo 4
Articulo 5
Articulo 6
Artículo 6º.- Los Planes de manejo u ordenación de los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal o de bosques naturales o artificiales que deben presentarse a la Corporación Nacional Forestal comprenderán las siguiente materias:
Antecedentes legales:
a) Nombre, domicilio, profesión u oficio del solicitante; b) Individualización del predio; c) Número de rol y avalúo fiscal de la propiedad; d) Copia de la inscripción de dominio con certificado de vigencia; e) Certificado de hipoteca y gravámenes con constancia de la inscripción del gravamen que se indica en el artículo 10.o del presente decreto, y f) Servidumbres que afecten al predio.
ANTECEDENTES TECNICOS.
1. Situación actual del Predio.
a) Estado natural
Ubicación administrativa del predio Deslindes generales Superficie total del predio Vías de acceso al predio Red caminera interna principal
b) Descripción suelo - agua - clima
Uso actual del suelo Capacidad de uso de los suelos Topografía Hidrogía Clima
c) Personal permanente y temporal Calificación técnica del personal
d) Descripción y tipo de maquinaria e instalaciones forestales productivas.
2. Recursos forestales.
a) Descripción de la vegetación
Vegetación herbácea Vegetación arbustiva Vegetación arbórea
b) Inventario Forestal
Superficie por rodales o tipos forestales Diseño de muestreo Tabla de rodal por especies principales Tabla de existencia por especies principales Indicar tablas de volumen empleadas.
3. Objetivos del manejo
a) Producción de bienes b) Producción de servicios c) Uso múltiple del recurso
4. Plan de Regulación del Bosque.
4.1. Plan de corta.
a) Rotación o ciclo de corta, según corresponda. b) Volumen y superficie explotación anual o periódica. c) Estimación global de mano de obra periódica o anual.
4.2. Plan de forestación o reforestación.
a) Carácter o fin de la forestación y reforestación. b) Método de repoblación, regeneración natural, siembra o plantación. c) Especies a utilizar en la forestación o reforestación. d) Densidad expresada en árboles por hectárea. e) Superficie total a reforestar por especies. f) Calendario anual o periódico de forestación o reforestación.
4.3. Plan de mejoramiento del bosque.
a) Podas b) Cortas intermedias. c) Limpias d) Cortas de liberación e) Aclareos, claras o raleos f) Cortas de mejoramiento.
4.4. Plan de protección.
a) Protección contra incendios b) Protección contra animales (domésticos y silvestres) c) Protección contra insectos y enfermedades d) Protección de la Vida Silvestre.
5. Planos.
Plano Nº 1
Superficie total del predio Cursos principales de agua Red de caminos principales Sectores a utilizar en recreación y Vida Silvestre, cuando se incluya entre los objetivos del plan de manejo. Sectores sometidos a protección Tipos forestales.
Plano Nº 2
Capacidad de uso de los suelos Sectores a forestar o reforestar Sectores sometidos a mejoramiento del bosque.
6. Datos personales.
Nombre y firma del profesional autor del Plan de Manejo o inscripción vigente en el Colegio de Ingenieros Forestales.
Articulo 7
Articulo 8
Artículo 8º.- Los planes de forestación o reforestación deberán comprender las siguientes materias:
Antecedentes legales:
a) Nombre, profesión u oficio, domicilio del solicitante; b) Individualización del predio; c) Número de rol y avalúo fiscal de la propiedad; d) Copia de la inscripción de dominio con certificado de vigencia; e) Certificado de hipotecas y gravámenes con cons- tancia de la inscripción del gravamen que se indica en el artículo 10º del presente decreto, cuando corresponda; f) Servidumbres que afectan al predio.
Antecedentes técnicos:
Comprenderá los siguientes acápites del Plan de Manejo:
1. Situación actual del predio. 2. Descripción de la vegetación.
4.2 Plan de forestación o reforestación. 4.4 Plan de protección. 5. Planos.- Plano Nº 1 completo y Plano Nº 2, el que debe incluir solamente capacidad de uso de los suelos y sectores a forestar o reforestar. 6. Datos personales.