MODIFICA RESOLUCION Nº 224, DE 1999
(Resolución)
Santiago, 24 de noviembre de 1999.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 590.- Visto: El D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, y sus modificaciones, que reglamenta el Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender situaciones de marginalidad habitacional y en especial lo dispuesto en la letra b) de su artículo 21; la resolución Nº 224, de este Ministerio, de 1999, publicada en el Diario Oficial del 28 de mayo de 1999; y,
Considerando:
a) Que mediante resolución Nº 224, de este Ministerio, de 1999, se modificó el límite máximo de subsidio habitacional establecido por el artículo 30 del D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, para las viviendas básicas correspondientes al programa regulado por el título VII de ese reglamento, emplazadas en la comuna de Los Angeles de la VIII Región (modalidad Serviu), de conformidad a lo dispuesto en el citado artículo 30 del reglamento aludido; b) Que los mayores costos de construcción que se presentan en la comuna de Los Angeles de la VIII Región del Bío Bío, también afectan a las viviendas básicas correspondientes a Programa Serviu a cuyo precio se aplica el subsidio habitacional a que se refiere la letra b) del artículo 21 del D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, por lo que se justifica otorgar un mayor monto de subsidio a los beneficiarios de esa comuna, con el objeto que se impute al respectivo precio de compraventa de la solución habitacional que se entregue, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 del D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984; c) Que la letra b) del artículo 21 del D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, faculta al Ministro de Vivienda y Urbanismo para modificar, por resoluciones, los límites máximos de subsidio para las regiones XI y XII o para otras localidades o comunas, en que el valor de transferencia así lo justifique, de manera que la parte del precio de cargo del beneficiario, resulte de un monto similar al que deben solventar los beneficiarios del resto del país, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
Modifícase la resolución Nº 224, de este Ministerio, de 1999, en el sentido de agregar el siguiente inciso segundo resolutivo:
''Tratándose de viviendas básicas emplazadas en la comuna de Los Angeles de la VIII Región del Bío Bío (Programa Serviu), el monto máximo del Subsidio Habitacional, a que se refiere la letra b) del artículo 21 del D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, ascenderá hasta el equivalente a 163 Unidades de Fomento (U.F.), siendo la diferencia en que se incluye el ahorro y el crédito hipotecario, de cargo del beneficiario.''.