DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 274, DE 1983, ASIGNA VEHICULO Y LO EXIME DEL USO DEL DISCO DISTINTIVO, AUTORIZANDOLO PARA CIRCULAR EN DIAS INHABILES
Núm. 406.- Santiago, 17 de Diciembre de 1986.- Visto: Lo solicitado por el Servicio Nacional de Pesca, mediante Ord. N° 2806 de fecha 28.10.86; lo dispuesto en el DL N° 2442. de 1978; 799 de 1974, en su artículo 3° modificado por el DFL N° 12-2.345 de 1979 del Ministerio del Interior; Circular N° 9.277 de 1975, de la Contraloría General de la República y Decreto de Economía N° 274 de 13 de Diciembre de 1983, Considerando:
Que por razones del cargo y naturaleza de las funciones que debe desempeñar el Subdirector del, Servicio Nacional de Pesca, en especial en sus funciones de fiscalización y de control, tanto en la sede de la Dirección Nacional como en el Area Metropolitana y en Regiones, es necesario asignarle un vehículo de la dotación del Servicio, autorizándolo para que circule los días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos, sin el disco distintivo. Que, el vehículo tipo Camioneta, marca Peugeot, modelo 404, año 1975, asignado al Sr. Subdirector, del Servicio Nacional de Pesca, mediante Decreto de Economía N° 274 de 13 de Diciembre de 1983, debido al uso y antigüedad debe ser renovado.
Decreto:
1.- Déjase sin efecto el Decreto de Economía N° 274 de 13 de Diciembre de 1983. 2.- Asígnase, para el cumplimiento de las actividades propias del Subdirector del Servicio Nacional de pesca, el vehículo que a continuación se individualiza:
Camioneta marca Chevrolet, Año : 1987 Modelo : Luv-Doble Cabina Motor : 916121 Chassis : KB28LWT2227 Inscripción Registro de Vehículos Motorizados N° : CX.7966-8 Rol D.A.E. : CX.7966-8. 3.- Exímese, al vehículo individualizado en el número anterior, de la obligación de llevar disco distintivo, a que se refiere al artículo 3° del Decreto Ley N° 799, de 1974, modificado por el DFL N° 12-2.345 de 1979 del Ministerio del Interior. 4.- Autorízase, al mismo vehículo para circular libremente los días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos.