MODIFICA REGLAMENTO DE BECARIOS DE LA LEY N° 15.076 EN EL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Santiago, 28 de Agosto de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 682.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 43 de la ley N° 15.076; en el decreto supremo N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política del Estado.
Decreto:
Modifícase el decreto supremo N° 507, de 26 de octubre de 1990, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Becarios de la Ley N° 15.076 del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en la forma que a continuación se indica:
a) Suprímense en el inciso primero del artículo 23 las expresiones "para determinadas especialidades" y agrégase el siguiente inciso final:
"En reemplazo de las garantías precedentemente expuestas, el Subsecretario de Salud podrá aceptar otro tipo de cauciones que él estime equivalentes." b) Sustitúyese el inciso segundo del artículo 25 por el siguiente: "Si la renuncia se presentare con posterioridad a ese período se aplicará lo dispuesto en el artículo precedente, salvo que ésta se fundamente en hechos que dificulten o impidan la prosecución de la beca, y que sean calificados favorablemente por la Comisión de Becas y aceptados por el Subsecretario de Salud, caso en el cual se pondrá término a la beca sin sanciones."
c) Intercálase, antes del inciso final del articulo 28, el siguiente nuevo inciso:
"Además podrán optar otros profesionales que no se hayan desempeñado en los lugares o los cargos antedichos y se encuentren en situaciones especiales que serán calificadas en cada caso por el Subsecretario de Salud, previo informe del Departamento de Recursos Humanos del Ministerio , el que elaborará las bases para su selección."
d) Reemplázase en el inciso final del artículo 28 la expresión "Estos", por "Todos estos."
e) Agrégase en los artículos 3°, 5°, 7°, 9°, 15 incisos primero y segundo, 16 y 29, a continuación de la palabra "Odontología" las expresiones "o de Ciencias Químicas y Farmacéuticas."