MODIFICA RESOLUCION Nº 4.100, DE 1996
(Resolución)
Núm. 30.098.- Santiago, 30 de diciembre de 1999.- Vistos:
La necesidad de ampliar la resolución Nº 4.100 del 14 de marzo de 1996, de este Servicio de Salud, que declara contaminados los cursos de aguas superficiales de la Región Metropolitana que se señalan en la misma resolución. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75º del Código Sanitario, los Servicios de Salud tienen facultades para declarar contaminadas determinadas aguas. Que las altas tasas de morbilidad por afecciones entéricas de tipo infeccioso, están principalmente asociadas a factores de riesgo del medio ambiente, en especial a aguas contaminadas con desechos fecales humanos. Que, dicha contaminación tiene como principal causa las descargas de alcantarillado, las que constituyen afluentes de ríos y canales, cuyas aguas se utilizan en el riego agrícola. Que por ello, es importante impedir la utilización de esas aguas para el cultivo de vegetales y frutos de crecimiento a ras de suelo y que suelen consumirse crudos. Que, la adopción de medidas sanitarias tendientes a impedir la utilización de aguas contaminadas, resulta más necesaria todavía si se tiene presente el peligro que implica para Chile la epidemia de cólera que subsiste en países de América y aun las características endémicas que ha adoptado esta enfermedad en naciones limítrofes. Que, se ha comprobado la existencia del ''Vibrio Cholerae'' y otros gérmenes patógenos en muestras ambientales;
Y teniendo presente lo establecido en el artículo 75º del Código Sanitario, aprobado por decreto con fuerza de ley Nº 725/67; en el decreto supremo Nº 1.775/95, del Ministerio de Salud, que establece normas para la aplicación del artículo 75 del Código Sanitario; la resolución Nº 350 del 7 de enero de 1983 del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana, la cual prohíbe utilizar aguas servidas o contaminadas para regar hortalizas y frutas que crecen a ras de suelo y pueden comerse en forma cruda; la resolución Nº 10.111 del 17 de septiembre de 1991 del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana, la cual incluye en la resolución Nº 350/83 otros vegetales que suelen ser consumidos sin cocer por la población; la Norma Chilena Nº 1333 ''Requisitos de calidad del agua para diferentes usos'' declarada oficial de la República de Chile por decreto Nº 867 del 15 de junio de 1978 del Ministerio de Obras Públicas; los protocolos de resultados de análisis para los cursos superficiales de la Región Metropolitana, emitidos por el Laboratorio de Salud Ambiental del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente; y en uso de las facultades que me confiere el decreto ley Nº 2.763/79, la ley Nº 18.122 y su Reglamento Orgánico, aprobado por decreto supremo Nº 206/82 del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
Modifícase la resolución Nº 4.100, de 14 de marzo de 1996, de este Servicio de Salud, publicada en el Diario Oficial de 29 de marzo del mismo año, que declara contaminados los cursos de aguas superficiales de la Región Metropolitana que en ella se indican, sustituyendo el texto del número 1) de la parte resolutiva por el siguiente:
1. Decláranse contaminados los cursos de aguas superficiales de la Región Metropolitana que se describen a continuación:
Río Angostura, derivados y sub-derivados Río Colina, derivados y sub-derivados Río Mapocho, derivados y sub-derivados Canal Aguilino, derivados y sub-derivados Canal Cameliano, derivados y sub-derivados Canal Chacabuco, derivados y sub-derivados Canal Chaino, derivados y sub-derivados Canal Culiprán, derivados y sub-derivados Canal El Carmen, derivados y sub-derivados Canal El Castillo, derivados y sub-derivados Canal Hospital, derivados y sub-derivados Canal Huechún, derivados y sub-derivados Canal La Higuera, derivados y sub-derivados Canal La Sirena, derivados y sub-derivados Canal Los Choros, derivados y sub-derivados Canal Mansel, derivados y sub-derivados Canal Ortuzano, derivados y sub-derivados Canal San Carlos, derivados y sub-derivados Canal Santa Cruz, derivados y sub-derivados Canal Trebulco, derivados y sub-derivados Estero El Gato, derivados y sub-derivados Estero Popeta, derivados y sub-derivados Estero Puangue, derivados y sub-derivados Zanjón de la Aguada, derivados y sub-derivados