MODIFICA DECRETO Nº 529 EXENTO DE 1995 QUE AMPLIO LIMITES DE DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO DE LA CASA DE MAQUINAS DE TEMUCO DE LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO
Núm. 187 exento.- Santiago, 1º de Abril de 1996.
Considerando:
Que, por decreto supremo de Educación Nº 582 de 1989 se declaró Monumento Histórico la Casa de Máquinas de los Ferrocarriles del Estado de Temuco y material rodante compuesto de catorce locomotoras.
Que, posteriormente por decreto exento de Educación Nº 529 de 1995 se ampliaron los límites de la declaración del Monumento Histórico referido.
Que, teniendo en consideración los planteamientos de desarrollo urbano establecidos para la ciudad de Temuco y la conveniencia de integrar la propiedad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, hace necesario modificar dichos límites; y
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1979; decreto supremo Nº 654 de 1994 del Ministerio del Interior; decreto supremo de Educación Nº 582 de 1989; decreto exento de Educación Nº 529 de 1995, Acuerdo de sesiones de 19 de enero y 06 de marzo de 1996 del Consejo de Monumentos Nacionales; Of. Nº 46 de 19 de enero de 1996 del Gerente General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado; Resolución Nº 55 de 1992 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto: