MODIFICA RESOLUCION EXENTA N° 85, DE 1986 (Resolución)
Santiago, 30 de Mayo de 1986.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 1.669 exenta.- Visto: El DS N° 92 (V. y U.), de 1984 y en especial lo previsto en su artículo 30; el DS N° 9 (V. y U.), de 1985, que sustituyó el Título I del decreto antes mencionado, y lo dispuesto en su artículo 01 transitorio; el DS N° 196 (V. y U.), de 1985, que aprobó el Convenio celebrado entre el Banco Hipotecario de Fomento Nacional y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para el otorgamiento de créditos hipotecarios a beneficiarios del Sistema General de Subsidio Habitacional; la resolución N° 85, de Vivienda y Urbanismo, de 1986, y
Considerando:
a) Que la creación de la unidad denominada Indice Valor Promedio hace necesario adecuar la resolución N° 85, de Vivienda y Urbanismo, de 1986, que fija los requisitos y condiciones que deben cumplir los créditos hipotecarios otorgados a beneficiarios de los distintos llamados del Sistema General de Subsidio Habitacional por el Banco Hipotecario de Fomento Nacional, para que éste pueda solicitar el pago de la diferencia que se produzca en los casos que señala dicha resolución; b) Que las condiciones actuales de venta de letras en el mercado secundario recomiendan flexibilizar su tasa de interés, dicto la siguiente
Resolución: