MODIFICA DECRETO N° 112, DE 1985
Núm. 168.- Santiago, 11 de Diciembre de 1985.- Vistos: Lo dispuesto por los artículos 1° y 3° de la Ley 16.282, cuyo Título I fue refundido, coordinado y sistematizado por decreto supremo del Ministerio del Interior N° 194, publicado en el Diario Oficial de 25 de Junio de 1977; la Ley N° 16.436; el DL N° 577, de 1974; el DS N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda, y el DS N° 112, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
Considerando:
Que, el problema más álgido que en materias de transporte tiene la provincia de San Antonio, es la reconstrucción de su puerto, y Que, en la sede del Ministerio en Santiago funciona la comisión Interministerial creada por DS N° 47, publicado en el Diario Oficial de 17 de Junio de 1985, cuyo objetivo preciso es preocuparse de los problemas y soluciones para el puerto de San Antonio, después del sismo de Marzo pasado, con la que es imprescindible, a efectos de coordinación, que el funcionario destacado en comisión en San Antonio por el DS N° 112 antes referido mantenga un contacto permanente,
Decreto: