MODIFICA DECRETO ALCALDICIO N° 857, DE 1984
Núm. 870.- La Reina, Diciembre 11 de 1985.- Vistos: El Acuerdo N° 350/85, del Comité Económico; la Ordenanza Comunal sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, fijada mediante Decreto Alcaldicio N° 266, de 05 de Junio de 1980, y sus modificaciones, cuyo texto refundido consta en el Decreto Alcaldicio N° 12, de 09 de Enero de 1984; el Decreto Alcaldicio N° 857, de 1984, publicado en el Diario Oficial de 14 de Enero de 1985; el Decreto Alcaldicio N° 22, de 18 de Enero de 1985; el artículo 43 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979; y las facultades que me confieren los artículos 10, 12, 13, y 22 del Decreto Ley N° 1.289, de 1976, Decreto:
Modifícase el Decreto Alcaldicio N° 857, de 1984, sobre "Ordenanza de Derechos Municipales por Concesiones Permisos y Servicios" en la siguiente forma:
1.- Reemplázase en el artículo 8° la referencia a la Ordenanza General del Tránsito, por Ley del Tránsito, en atención de que aquella fue derogada por esta última Ley.
2.- Agrégase en el Título IV, "Derechos Municipales sobre Tránsito, Transporte y Vehículos, en su artículo 10, los siguientes números:
N° 14.- Duplicado de Permiso de Circulación y cambio de nombre. 0,10% UTM N° 15.- Permiso traslado de un vehículo, con el objeto de ser reparado dentro de la ciudad. Art. 14, letra C Ley de Rentas Municipales (sólo tres días) 0,15% UTM
3.- Rebájase en un 25% anual los derechos especificados en el N° 8 del artículo 12. (Promotores y ventas ocasionales a domicilio.
4.- Agrégase el siguiente N° al artículo 12:
N° 9.- Ventas temporales de helados, banderas, volantines y similares, en ocasiones propias de determinadas festividades. 0,025 UTM por la quincena.