DEJA SIN EFECTO DECRETO ALCALDICIO EXENTO N° 545, DE 1985, QUE MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Conchalí, 04 de Diciembre de 1985.- La Alcaldía decretó hoy: Núm. 569/85 exento.- Vistos las facultades y atribuciones que me confiere el Decreto Ley N° 1289 Orgánica de Municipios y Administración Comunal; los arts. 42, 43 y 6° transitorio del DL N° 3063 de 1979, sobre Rentas Municipales; y teniendo presente la Circular N° 5674, de 21.10.83, Intendencia Región Metropolitana; los Decretos Alcaldicios Exentos N°s 467, 515 y 545 de fechas 22.11.83, 20.11.84 y 25.11.85, respectivamente; el Oficio Ord. N° 181, de fecha 27.11.85, del Depto. de Tránsito; el Oficio Ord. N° 057 de fecha 28.11.85, del Balneario Municipal,
Decreto:
Articulo 1
Articulo 2
Artículo 2°: Introdúzcanse las siguientes modificaciones en el Decreto Alcaldicio Exento N° 467, de fecha 22 de Noviembre de 1983, a regir a contar del 01 de Enero de 1986.
1. Elimínase en el N° 3 del artículo 5° las palabras "según altura". 2. Reemplázase en el N° 4 del artículo 5° "15%" por "10% ". 3. Sustitúyase el N° 1 del artículo 10° por el siguiente: "1. Duplicado del permiso de circulación (padrón) y/o sello valorado 10% UTM". 4. Agrégase en el N° 3 del artículo 10° después de la palabra vehículo una coma y las palabras "más el valor especie" y sustitúyase "5%" por "10% ". 5. Reemplázase el N° 5 del artículo 10° por el siguiente: "Registro y cambio de nombres o apellidos del titular de una licencia, más el valor especie 10% UTM" 6. Sustitúyase el N° 8 del artículo 10° por el siguiente: "Exámenes y autorización para conducir vehículos distintos a los que habilita la clase de licencia obtenida, m s el valor especie 10% UTM" 7. Reemplázase el N° 9 del artículo 10° por el siguiente: "Exámenes para determinar la idoneidad física y/o psíquica del conductor, conforme al artículo 18° de la Ley N° 18.290 40% UTM" 8. Agrégase al N° 13 del artículo 10° después de la palabra "unidad" una coma y las palabras "solicitados por particulares". 9. Agrégase los siguientes N°s 16 y 17 al artículo 10°: "16. Exámenes requeridos por el Municipio para acreditar idoneidad física y/o psíquica del conductor, y aquellos establecidos en el artículo 19° de la Ley N° 18.290 10% UTM". "17. Otros registros del titular de una licencia no contemplados en que se deba usar una nueva especie, más el valor de ésta 10% UTM 10. Sustitúyase en el N° 1 del artículo 12° "25%" por "15%". 11. Reemplázase en el N° 2 del artículo 12° la palabra "Diciembre" por "Octubre". 12. Agrégase el siguiente N° 6 al artículo 12°: "6. puestos de expendio de carbón y leña, desde el 01 de Mayo al 30 de Septiembre, por mes o fracción 7% UTM" 13. Sustitúyase en el N° 3 del artículo 13° "50%" por "40%". 14. Reemplázase en el N° 1 del artículo 15° "50%" por "30%". 15. Sustitúyase en el N° 2 del artículo 15° "25%" por "15%". 16. Reemplázase en el N° 3 del articuló 15° "10%" por "5%". 17. Sustitúyase en el N° 4 del artículo 15° "10%" por "5%". 18. Reemplázase en el N° 5 del artículo 15° "10%" por "5%". 19. Sustitúyase en el N° 6 del artículo 15° "50%" por "30%". 20. Reemplázase en el N° 3 del artículo 17° "50%" por "20%". 21. Sustitúyase el N° 12 del artículo 22° por el siguiente: "Derechos por entradas al Balneario Municipal:
Adultos Niños
Lunes a Viernes $ 150.- Lunes a Viernes $ 90.- Sábado, Domingo y festivos $ 190.- Sábado, Domingo y festivos $ 120.-