MODIFICA Y COMPLEMENTA DECRETO ALCALDICIO N° 109, DE 1985
Núm. 165.- Talca, 29 de Enero de 1986.- Vistos: El Decreto Alcaldicio N° 109 de fecha 29 de Enero de 1985, publicado en el Diario Oficial el 31.01.85, lo dispuesto en el Art. 43 del D.L. N° 3.063, de 1979, y conforme a las facultades que me conceden los Arts. 12° y 13° del DL 1.289, de 1976,
Decreto:
Modifícase y compleméntase el Decreto Alcaldicio N° 109 de fecha 29 de Enero de 1985, que contiene la Ordenanza Local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios en la siguiente forma:
- Agrégase a continuación del N° 4 del Art: 6° lo siguiente: 5.- Permisos de carga y descarga 5 UTM - Sustitúyese el N° 6 del Art. 8° por el siguiente: Cambio de domicilio en Licencia 0,10 UTM - Agrégase a continuación del N° 21 del Art. 8° lo siguiente: 22.- Licencias de conductor con una o varias de las siguientes clases autorizadas: A - 1, A - 2, B - C y D, otorgadas por primera vez conforme a la ley 18.290 0,5 UTM 23.- Control anual para licencia de conductor clase A - 1 y conductores mayores de 65 años 0,25 UTM 24.- Control cada 6 años para licencias de conductores clases A - 2, B, C y D 0,5 UTM 25.- Licencias de conductor clase E y control cada 6 años para licencia clase E 0, 25 UTM - Sustitúyese el N° 3 del Art. 12° por el siguiente: Centro Regional de Abastecimiento: Quincenal Puestos de venta detalle 2 x 3,50 mts. $ 400.- Puestos de venta al detalle 3 x 3.50 mts. $ 1.110.- losa frente a línea de FF.CC. Puestos de venta al detalle 3 x 3,50 mts. losa costado 11 Oriente $ 1.600.- Puestos de mariscos y aves $ 710.- Puestos de camiones costado P.F. $ 1.600.- Puestos de camionetas costado FF.CC. $ 1.110.- Feria Persa: Quincenal Paquetería, fierreros, ropa usada, cafeterías $ 400.- Mercado Oriente: Diario Puestos interiores $ 60.- Carretelas ubicadas al exterior, calle 15 Ote. 5 y 6 Sur $ 100.- Camionetas calle 15 Oriente 5 y 6 Sur $ 180.- Camiones calle 15 Oriente 5 y 7 Sur $ 250.- Feria Mayorista de temporada exterior CREA de Enero a Marzo: Diario Camiones de la zona 400.- Camionetas hasta 500 kgs 200.- Camionetas sobre 500 kgs 300.- Colosos tracción animal o motorizados 300.- Carretelas 200. - Mercado Central Interior: Diario Puestos pilastra norte $ 80.- Puestos pilastra bandeja central $ 100.- Puestos pilastra bandeja exterior corredores $ 80.- Puestos cocinería $ 80.- Puestos portón 1 Sur $ 70.- Puestos portón 4 Oriente $ 50.- Puestos portón 5 Oriente $ 50.- Puestos zapatería y paquetería $ 60.- Puestos productos del mar $ 80.- Restaurant $ 250.- Marisquería $ 160.- Cafetería $ 100.- Puestos carnicería de $ 130 a 180.- Locales interiores varios de $ 60 a 80.- Locales alfarería $ 50.- Puestos pérgola $ 40.- Lustrines $ 30.-
- Agrégase a continuación del N° 2 del Art. 19° lo siguiente: 3.- promotores comerciales 0,20 UTM 4.- ventas ocasionales 0,15 UTM
Suspéndase por el año 1986, la aplicación del reajuste anual, contemplado en el Art. 24° de la Ordenanza que en este acto se modifica, respecto de los derechos consignados en el N° 5 del Art. 12°.