RECTIFICA DECRETO N° 65, DE 1985, Y OTORGA NUEVO PLAZO PARA LIQUIDAR BIENES DE LA COOPERATIVA DE REFORMA AGRARIA ASIGNATARIA "SAN JORGE DE ROMERAL LTDA.", DE LA REGION DEL MAULE
Santiago, 16 de Septiembre de 1985.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm 101. Visto: el oficio ordinario N° 5.639, de 1985, del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto N° 65, de 1985 el DFL. N° 12, de 1968 y el DFL. N° 278, de 1979, todos ellos del Ministerio de Agricultura; los artículos 32° N° 8 y 35° de la Constitución Política del Estado, y
Considerando:
Que por decreto N° 65, de 1985, del Ministerio de Agricultura, se concedió un nuevo plazo para la liquidación de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria "San Jorge de Romeral Ltda.", dentro del cual debía otorgarse título de dominio a las sucesiones de tres socios fallecidos. Que es necesario rectificar la individualización de las parcelas correspondientes a las referidas sucesiones y, consecuencialmente, extender el plazo para culminar el proceso de liquidación,
Decreto: