ELIMINA DE LA NOMINA DEL DECRETO Nº 500 DE 1962, CRUCES PUBLICOS A NIVEL QUE INDICA
Num. 61.- Santiago, 13 de Mayo de 1985.- Vistos: Estos antecedentes, lo informado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado; las decretos Supremos Nº s 140 de 1983, 381 de 1977 y 124 de 1983; lo dispuesto en el DFL Nº 94 de 1960; Ley General de Ferrocarriles y Ley Nº 16.436,
Decreto:
1º.- Suprímanse los cruces públicos ferroviarios a nivel que se indican:
RED SUR
Ramal de Pelequén a El Carmen
Km. 1,100 (Santa Rosa). Entre estación Pelequén y paradero Malloa. Km. 6,360 (Malloa). Lado oriente paradero Malloa. Km. 12,560 (Requegua). Lado poniente paradero Requegua. Km. 14,380 (Corcolén). Entre paradero Requegua y estación San Vicente. Km. 16,560 (Cancha de Carreras). Entre paradero Requegua y estación San Vicente. Km. 17,570 (Bandera). Entre paradero Requegua y estación San Vicente. Km. 17,780 (Centenario). Entre paradero Requegua y estación San Vicente. Km. 17,986 (San Vicente Estación). Lado oriente estación San Vicente. Km. 18,950 (Calle Vieja). Entre estaciones de San Vicente y Peumo. Km. 20,500 (Tunca Arriba). Entre estaciones de San Vicente y Peumo. Km. 22,570 (Tunca Abajo). Entre estaciones de San Vicente y Peumo. Km. 25,850 (La Turbina). Entre estaciones de San Vicente y Peumo. Km. 28,040 (Peumo Estación). Lado poniente recinto estación Peumo. Km. 28,680 (Peumo). Entre estaciones Peumo y Codao. Km. 34,250 (Codao Estación) Lado oriente recinto estación Codao. Km. 44,230 (Las Cabras). Entre Paradero La Rosa y estación Las Cabras. Km. 29,140 Aguas Claras. Km. 45,500 (Carlos Fresno). Lado Poniente estación Las Cabras.
Ramal de Freire a Toltén
Km. 4,705 Entre estaciones Freire y Martínez de Rozas. Km. 6,260 Entre estaciones Freire y Martínez de Rozas. Km. 9,830 Entre estaciones Freire y Martínez de Rozas. Km. 13,570 Lado Oriente estación Martínez de Rozas. Km. 14,190 Lado Poniente estación Martínez de Rozas. Km. 15,720 Entre estaciones Martínez de Rozas y Barros Arana. Km. 21,230 Entre estaciones Martínez de Rozas y Barros Arana. Km. 26,515 Lado oriente estación Barros Arana. Km. 26,880 Lado poniente estación Barros Arana. Km. 28,500 Entre estaciones de Barros Arana y Teodoro Schmied. Km. 31,060 Entre estaciones de Barros Arana y Teodoro Schmied. Km. 34,000 Entre estaciones de Barros Arana y Teodoro Schmied. Km. 38,550 Entre estaciones de Barros Arana y Teodoro Schmied. Km. 41,590 Lado oriente estación Teodoro Schmied. Km. 42,180 Lado poniente estación Teodoro Schmied. Km. 45,800 Entre estaciones Teodoro Schmied y Hualpín. Km. 53,400 Entre estaciones Teodoro Schmied y Hualpín. Km. 55,100 Lado oriente estación Hualpín. Km. 55,700 Lado poniente estación Hualpín. Km. 59,020 Entre estaciones de Hualpín y Toltén. Km. 68,320 Entre estaciones de Hualpín y Toltén. Km. 68,820 Lado oriente estación Toltén. Km. 69,930 Triángulo de inversión de locomotoras de estación Toltén. 2º.- Exclúyanse los cruces públicos ferroviarios a nivel indicados, de la nómina establcida en el artículo 2º del decreto supremo Nº 500 de 1962, del ex Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, excepto el cruce a nivel público del Km. 17.986 del ramal Pelequén a Las Cabras, el cual debe excluirse del artículo 1º del mencionado decreto.