EXIME A LAS REPARTICIONES QUE INDICA DE LA APLICACION DEL DECRETO N° 680, DE 1990
Santiago, 25 de Octubre de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.058.- Visto: El oficio ordinario N° 3.025 de 25 de Agosto de 1991, del Sr. Ministro de Defensa Nacional, lo previsto en el artículo 12 del D.S. N° 680 de 10 de Octubre de 1990, de Interior y lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único.- Exímese de la obligación de crear las Oficinas de Información, que dispone el decreto supremo N° 680 de 10 de Octubre de 1990, de Interior, al Ministerio de Defensa Nacional y a las Subsecretarías que de él dependen, atendida la naturaleza de las funciones que a éste compete.