DETERMINA DIFERENCIAS ARTICULO 5° LEY N° 18.851, POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA
Núm. 1.126.- Santiago, 14 de Diciembre de 1990.- Visto: El artículo 5° de la Ley N° 18.851, y los decretos de Hacienda N° 1.039, de 1989 y 306, de 1990.
Decreto:
Artículo único.- Apruébase el balance general realizado por la Empresa Polla Chilena de Beneficencia, al día 7 de marzo de 1990, que forma parte integrante de este decreto. Las diferencias existentes entre los derechos, obligaciones y patrimonio contenidos en dicho balance en relación a los asignados en el decreto de Hacienda N° 1.039, de 1989, se traspasan de pleno derecho a la Empresa Polla Chilena de Beneficencia S.A.
Conforme a lo anterior, la diferencia entre el patrimonio del citado balance y el patrimonio inicial fijado en el artículo 2° del decreto de Hacienda N° 1.039, de 1989, se determina en $ 883.843.007 que corresponderá a la Corporación de Fomento de la Producción y al Fisco, en los porcentajes que establece el artículo 4° de la Ley N° 18.851.