PRORROGA PARA AÑO 2000 VIGENCIA DE DECRETO Nº 313, DE 1997
Núm. 395.- Santiago, 16 de marzo de 2000.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 19.651 sobre presupuesto del sector público para el año 2000; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs. 1.912 de 1996, 313 de 1997, 427 y 2.227 de 1998, de esta Secretaría de Estado y las resoluciones Nºs. 55 de 1992 y 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,
Considerando la necesidad de hacer operativo para el año 2000 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 2 letra d) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.
D e c r e t o: