MODIFICA RESOLUCION Nº 42, DE 1985
(Resolución)
Núm. 1.331 exenta.- Santiago, 6 de junio de 2000.- Visto: lo dispuesto en los artículos 23 y 26 del decreto supremo Nº 404, de 2 de noviembre de 1983, del Ministerio de Salud y sus modificaciones, que aprueba el Reglamento de Estupefacientes, en los artículos 23 y 25 del decreto supremo Nº 405, de 2 de noviembre de 1983, del Ministerio de Salud y sus modificaciones, que aprueba el Reglamento de Productos Sicotrópicos; en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y teniendo presente las facultades que me confiere el decreto ley Nº 2.763, de 1979, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
Modifícase la resolución Nº 42 de 1985, del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial del 21 de febrero de 1985, que determina el formato de la receta cheque y receta médica retenida y fija claves correspondientes a estupefacientes y productos psicotrópicos en la forma que, a continuación se indica: 1º.- Agrégase en la letra f) de su Nº 1.C. Receta Cheque, los siguientes acápites:
'' - Sexo del paciente. - Fecha de nacimiento. - Código del producto conforme al Nº de Registro Sanitario y la letra que le adiciona el Instituto de Salud Pública para su identificación.''
2º.- Agrégase en la letra g) del mismo número, los siguientes acápites:
'' - Número de local del establecimiento en los casos en que la Farmacia tenga más de uno. - Cantidad despachada expresada en cajas, frascos o miligramos.''
3º.- Reemplázase el Nº 4 de dicha resolución por el siguiente:
''El listado de código identificatorio de los productos estupefacientes y psicotrópicos será entregado por el Servicio de Salud conjuntamente con los talonarios de recetas cheques. Corresponderá al Instituto de Salud Pública remitir dicho listado a la Dirección de cada uno de los Servicios de Salud, actualizándolo periódicamente según sea necesario.'' 4º.- La presente resolución comenzará a regir el 1º de noviembre del presente año, sin embargo el uso de los formularios de receta cheque no modificados se permitirá hasta el 31 de junio del año 2001.