MODIFICA RESOLUCION Nº 19, DE 1999
Núm. 38.- Santiago, 19 de mayo de 2000.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 56, 89 y 98 de la ley 18.290, de Tránsito; en el artículo 3º de la ley 18.696, y la resolución Nº 19/99, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, R e s u e l v o:
Modifícase la resolución Nº 19 de 1999 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, agregando el siguiente párrafo segundo:
''A contar del 1 de julio de 2000, sólo podrán incorporarse a la prestación de cualquiera de los servicios rurales señalados precedentemente, vehículos de una antigüedad no superior a 10 años.''.