MODIFICA DECRETO Nº 62, DE 1984
Santiago, 1º de Octubre de 1984.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 160.- Visto: El D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, que reglamenta el sistema de postulación, asignación y venta de viviendas destinadas a atender situaciones de marginalidad habitacional; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley Nº 16.391, y las facultades que me confiere el numero 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, en el sentido de intercalar en la letra f) de su artículo 10, entre el sustantivo "Municipalidades" y la conjunción "ni", la siguiente frase: "o del Ministerio de Bienes Nacionales o de sus antecesores legales,".
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República tomará razón del presente decreto en el plazo de cinco días.