Artículo Primero: Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto Supremo N° 1230, de 1989, del Ministerio de Hacienda: 1.- En el artículo primero intercálase entre las expresiones "Talcahuano;" y "Osorno;" la siguiente: "Valdivia;" 2.- En el artículo tercero agrégase la siguiente letra: "L. Sujetos a la jurisdicción de la Aduana de Valdivia", pasando las actuales letras L; M; Ñ y O, a ser, M; N; Ñ; O y P, respectivamente: "L. Sujetos a la jurisdicción de la aduana de Valdivia:
Punto Habilitado Habilitación Operaciones Aduaneras ------------------------------------------------------- 1. Puerto de Valdivia Permanente Paso de personas y todo tipo de operaciones aduaneras. 2. Puerto de Corral Permanente Paso de personas y todo tipo de operaciones aduaneras. 3. Puerto de Niebla Permanente Paso de personas y todo tipo de operaciones aduaneras.
3.- En la actual letra "L" del artículo tercero elimínase los números 4, 5 y 6, agregados por el Decreto Supremo N° 639, de 1991, del Ministerio de Hacienda.