MODIFICA LA LEY Nº 18.962, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA, EN LO RELATIVO AL DERECHO DE LAS ESTUDIANTES QUE SE ENCUENTREN EMBARAZADAS O QUE SEAN MADRES LACTANTES DE ACCEDER A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
P r o y e c t o d e l e y:
''Artículo único.- Intercálese en el artículo 2º de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, a continuación del inciso segundo, el siguiente inciso, nuevo, pasando el inciso tercero a ser cuarto:
''El embarazo y la maternidad, no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso.''.''.