INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO Nº475, DE 1998
Núm. 680.- Santiago, 13 de junio de 2000.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32º Nº8 de la Constitución Política de la República; el artículo 6º de la ley Nº19.553 y el decreto supremo de Hacienda Nº475, de 1998,
D e c r e t o:
Artículo único.- Introdúcense las modificaciones que a continuación se indican, al decreto supremo Nº475, de 1998, del Ministerio de Hacienda, que estableció normas para la aplicación del incremento por desempeño institucional contemplado en el artículo 6º de la ley Nº19.553:
1. Sustitúyese en el inciso primero del artículo 4º la oración ''durante la primera quincena de septiembre'', por la siguiente: ''a más tardar el 30 de octubre''. 2. Sustitúyese el artículo 18 por el siguiente: ''Artículo 18.- Habrá un Comité Técnico que estará integrado por un representante de la Dirección de Presupuestos, uno de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y uno de la Secretaría General de la Presidencia.''