REACTUALIZA CANTIDADES EN DOLARES CORRESPONDIENTES A DISPOSICIONES ARTICULO 35 DE LA LEY Nº 13.039
Núm. 221 exento.- Santiago, 3 de julio de 2000.- Vistos: Estos antecedentes y lo informado por el Banco Central de Chile en los oficios Nº5.493, de 1996; Nº5.745, de 1997; Nº7.743, de 1998; Nº6.456, de 1999 y Nº6.488, de 2000, y lo dispuesto en el artículo 35 de la ley Nº13.039, en el decreto de Interior Nº654, de 1994, y en la resolución Nº55, de 1992, de la Contraloría General de la República,
D e c r e t o:
Artículo primero: Reactualízanse, a contar del 1 de julio de 2000, a las cantidades en dólares que se indican, las cantidades en dólares correspondientes a las siguientes disposiciones legales:
Artículo 35 de la ley Nº13.039:
Inciso 4º, 17º y 23º US$ 12.520,37 Inciso 4º US$ 19.125,57 Inciso 12 y 23 (vehículos de transporte) US$ 9.913,49 Inciso 15 US$ 424,93